34º JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO

C/MIGUEL KRASSNOFF MARTCHENKO,TERESA OSORIO NAVARRO,CESAR MANRIQUEZ BRAVO, RICARDO LAWRENCE MIRES,RODOLFO CONCHA RODRIGUEZ. QTES.:ENRIQUEZ OMINAMI GUMUZIO MARCO, CASTILLO ECHEVERRÍA CARMEN, MINISTERIO DEL INTERIOR. (D)

Rol

16939-2019

Fecha

9 de mayo de 2022

Materia

Criminal

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

Vistos: En los autos Rol 309-2012, del 34º Juzgado del Crimen de Santiago, por sentencia de 29 de diciembre de 2017, rolante a fojas 3.622 y siguientes, dictada por el señor Ministro en Visita don Mario Carroza Espinosa, se condenó a Miguel Krassnoff Martchenko como autor del delito de homicidio calificado, en la persona de Miguel Humberto Enríquez Espinosa, perpetrado el 5 de octubre de 1974, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y accesorias legales. Asimismo, condenó a Teresa del Carmen Osorio Navarro y a Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, en calidad de cómplices del referido delito, cada uno a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales. En el mismo fallo se absolvió a César Manríquez Bravo, del cargo formulado en su contra como autor del referido ilícito. En el aspecto civil, acogió la demanda civil ordenando pagar al Fisco de Chile, a los demandantes hijos de la víctima, la suma de $50.000.000 por concepto de daño moral con los reajustes e intereses que el mismo fallo refiere, con costas. Elevada dicha sentencia en apelación, la Corte de Apelaciones de Santiago, por dictamen de siete de mayo de dos mil diecinueve, escrito a fojas 3.608 y siguientes, complementado por resolución de diecisiete de mayo del mismo año, escrita a fojas 3.622, la confirmó en lo apelado y la aprobó en lo consultado, con declaración que Osorio Navarro y Concha Rodríguez quedan condenados como coautores del delito de homicidio calificado en la persona de Miguel Enríquez Espinosa, cada uno a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales. Contra dicha sentencia, parte de los querellantes y demandantes civiles; la Unidad Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos; las defensas de los sentenciados Osorio Navarro, Concha Rodríguez y Krassnoff Martchenko; y, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, dedujeron sendos recursos de casación e

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el arbitrio propuesto a fojas 3.625 por las querellantes y la demandante civil, Maria del Carmen Castillo Echeverría, Ana Irene Pizarro Romero y Javiera Alejandra Enríquez Pizarro, respectivamente, se sustenta en las causales contempladas en los numerales 1 y 7, del artículo 546 del código de enjuiciamiento criminal. Respecto de la primera de ellas, se reprocha que el

Fallo

fallo se absolvió a César Manríquez Bravo, del cargo formulado en su contra como autor del referido ilícito. En el aspecto civil, acogió la demanda civil ordenando pagar al Fisco de Chile, a los demandantes hijos de la víctima, la suma de $50.000.000 por concepto de daño moral con los reajustes e intereses que el mismo fallo refiere, con costas. Elevada dicha sentencia en apelación, la Corte de Apelaciones de Santiago, por dictamen de siete de mayo de dos mil diecinueve, escrito a fojas 3.608 y siguientes, complementado por resolución de diecisiete de mayo del mismo año, escrita a fojas 3.622, la confirmó en lo apelado y la aprobó en lo consultado, con declaración que Osorio Navarro y Concha Rodríguez quedan condenados como coautores del delito de homicidio calificado en la persona de Miguel Enríquez Espinosa, cada uno a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales. Contra dicha sentencia, parte de los querellantes y demandantes civiles; la Unidad Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos; las defensas de los sentenciados Osorio Navarro, Concha Rodríguez y Krassnoff Martchenko; y, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, dedujeron sendos recursos de casación en el fondo, los cuales se ordenó traer en relación por dictamen de 18 de julio de 2019. Considerando: Primero: Que, el arbitrio propuesto a fojas 3.625 por las querellantes y la demandante civil, Maria del Carmen Castillo Echeverría, An

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Santiago, nueve de mayo de dos mil veintidós. Vistos: En los autos Rol 309-2012, del 34º Juzgado del Crimen de Santiago, por sentencia de 29 de diciembre de 2017, rolante a fojas 3.622 y siguientes, dictada por el señor Ministro en Visita don Mario Carroza Espinosa, se condenó a Miguel Krassnoff Martchenko como autor del delito de homicidio calificado, en la persona de Miguel Humberto Enríquez Esp

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