BELLO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
19 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña Carmen Jacqueline Bello Mora, e interpone Recurso de Protección en contra de ISAPRE NUEVA MAS VIDA S.A., la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ y la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, por el rechazo del pago de 5 licencias médicas que indica. Funda el recurso en que, desde julio de 2021 julio de 2022, estuvo con licencia médica producto de la afectación que le causó la muerte de su hermano menor. Indica que las primeras fueron autorizadas, sin embargo, desde abril a julio de 2022, fueron rechazadas, por reposo injustificado, negándose las recurridas al respectivo pago. Refiere que estos rechazos la tienen agobiada, por cuanto, no ha podido pagar sus deudas y su hija menor aún está en la Universidad. Invoca, sin desarrollar, las garantías previstas en el artículo 19 N° 1, 2, 3 y 9 de la Carta Fundamental y pide se ordene el pago de las licencias rechazadas. Al folio N° 10, informa COMPIN, pidiendo el rechazo del recurso. Sostiene que no ha cometido acto arbitrario e ilegal, por cuanto, quien ha rechazado las licencias ha sido la Isapre respectiva. En estos casos las facultades de COMPIN son diversas a cuando conoce rechazos de FONASA. Asimismo, recalca que se realizó un peritaje para los efectos del rechazo. Al folio N° 16, informa Isapre Mas Vida, pidiendo el rechazo. A folio 17, comparece la Superintendencia de Seguridad Social, solicitando el rechazo del recurso. Alega, asimismo la improcedencia de la acción por tratar materias de seguridad social, y que la decisión fue adoptada en el ámbito de su competencia, reconocida por la propia recurrente al reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social, en su calidad de institución que ejerce el control técnico de las instituciones de previsión social, dentro de las cuales se cuentan las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). En subsidio, y en cuanto al fondo, solicitando el rechazo por carecer de todo fundamento, dando cuenta de las Resolucione
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección ha sido instituido con el objeto de evitar las posibles consecuencias dañosas derivadas de actos u omisiones arbitrarias o ilegales que produzcan en el afectado una privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales, a fin de restablecer el imperio del derecho y otorgar la debida protección al ofendido. Lo anterior supone estar en presencia de un derecho indubitado de que sea titular el afectado y que la amenaza o privación sea actual, por manera que, en caso de acogerse la acción, esta Corte pueda adoptar las medidas adecuadas para reparar el agravio. SEGUNDO: Que la recurrente ha denunciado como arbitrario e ilegal la decisión adoptada por la Superintendencia de Seguridad Social, que confirmó el rechazo del pago de las licencias médicas referidas en el libelo, extendidas por un total de 120 días a contar de abril de 2022, solicitando se ordene el pago de dichas licencias médicas, u otras medidas de protección que estime del caso adoptar como adecuadas a los fines y fortalecimiento de la protección a sus derechos constitucionales. TERCERO: Que, en cuanto a la alegación de improcedencia de la acción protección en materias de seguridad social, se rechazará la misma, dado que se deprende de la sola lectura del recurso que los derechos y garantías eventualmente vulnerados no es aquella señalada en el artículo 19 N° 18 de la Constitución Política, sino las comprendida en los numerales 1, 2, 3 y 9 del artículo 19, por lo que deberá desestimarse dicha defensa. CUARTO: Que ahora bien, y en cuanto al fondo, no es un hecho controvertido que por la resolución recurrida confirmó el rechazo del pago de las licencias médicas, extendidas a la recurrente, instrumento que consta en el proceso, el cual tiene como fundamento del rechazo es reposo injustificado QUINTO: Que así, teniendo presente los antecedentes acompañados por la recurrente, como por la recurrida, es posible concluir que la Superintendencia actuó en estricto apego a sus facultades al disponer el rechazo de las licencias médicas que se reclaman, toda vez que en cada caso resolvió en atención a que los antecedentes del caso habían sido estudiados por profesionales médicos de ese Organismo, los cuales revisaron el expediente de la recurrente, incluido el informe de médico tratante, concluyendo que no habían elementos clínicos que permitieran variar lo ya resuelto, motivos lo que esta Corte concluye que la Superintendencia de Seguridad Social actuó, en cada uno de estos casos dentro de sus facultades normativas. En este sentido, resulta relevante hacer presente que se ha acompañado por la recurrida el expediente administrativo, donde consta la realización de un peritaje efectuado en marzo de 2022, que se tuvieron en vista, tanto por la Isapre recurrida como la COMPIN, por lo que no se divisa que concurran los vicios alegados.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se declara: I.- Que SE RECHAZA la alegación de improcedencia deducida por la recurrida. II.- Que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Carmen Jacqueline Bello Mora, e interpone Recurso de Protección en contra de ISAPRE NUEVA MAS VIDA S.A., la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ y la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, ya individualizados. Redacción del abogado integrante Sr. Ricardo Fonseca Gottschalk. Regístrese y archívese. Protección-54015-2022.(fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1, comparece doña Carmen Jacqueline Bello Mora, e interpone Recurso de Protección en contra de ISAPRE NUEVA MAS VIDA S.A., la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ y la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, por el rechazo del pago de 5 licencias médicas que indica. Funda el recurso en que, desde julio de 2021
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica