MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS MIGUEL CABELLO ESCOBAR
Rol
Fecha
19 de abril de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y oídos: 1°.- Que don Luis Vilches Paredes, representando al sentenciado Luis Miguel Cabello Escobar, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 374 letra e), en relación con los artículos 342 letra c),e) y d), citas todas del Código Procesal Penal, la sentencia del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, dictada el siete de marzo último. Sostiene el recurrente, que los sentenciadores vulneran el artículo 342 del Código Procesal Penal sin especificar como se incurre por los sentenciadores en dichas infracciones. 2°.- Desarrollando el recurso y durante la defensa oral de este, analiza pormenorizadamente la prueba aportada, sin precisar cómo se infringen los límites a la apreciación de la prueba. Solicita se acoja su recurso se invalide parcialmente la sentencia y se disponga un nuevo juicio oral ante tribunal no inhabilitado. 3°.- Los sentenciadores en los
Fundamentos
considerandos 10° y 12° de la sentencia en alzada, con los medios de prueba aportados debidamente analizados, establecen los hechos de la causa y los califican jurídicamente como constitutivos de los delitos porte ilegal de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso primero, en relación con el artículo 2° letra b) de la Ley N° 17.798.En el motivo décimo cuarto, desechando la solicitud de absolución planteada por la defensa, determinan la autoría del acusado en el delito acreditado. 4°.- Analizados los considerandos antes referidos, no se constata infracción alguna a los límites a la apreciación de la prueba, establecidos en el artículo 297 del Código Procesal Penal, y conviene reiterar que la recurrente no aporta antecedentes validos a ese respecto. 5°.- Que no concurriendo los vicios que se reclaman en la sentencia impugnada, se rechazara el recurso de nulidad deducido por la defensa del acusado.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358, 374 letra e) y 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad deducido en representación del sentenciado Cabello Escobar, no siendo nula en su parte recurrida, la sentencia de siete de marzo último, dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Valparaíso. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro Sr. Martínez. N° Penal- 620-2023.-
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, diecinueve de abril de dos mil veintitrés.- Visto y oídos: 1°.- Que don Luis Vilches Paredes, representando al sentenciado Luis Miguel Cabello Escobar, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 374 letra e), en relación con los artículos 342 letra c),e) y d), citas todas del Código Procesal Penal, la sentencia del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal d
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