C.A. de Chillan

CID VASQUEZ JULIO CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

Rol

12827-2022

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el amparado fue condenado por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, con fecha 10 de abril del año 2018, a la pena corporal de 21 días de prisión en su grado medio, por su responsabilidad como autor en el delito de hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM, descrito y castigado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, la que se sustituyó por la de reclusión parcial nocturna, sanción sustitutiva que no fue cumplida por el amparado. 2°) Que desde la data antes reseñada y hasta el 24 de diciembre de 2020 el recurrente no fue condenado por un nuevo crimen o simple delito, no registrado tampoco movimientos migratorios. 3°) Que la pena de prisión, conforme al artículo 21 del Código Penal es una pena de falta, la que prescribe, por ende, según dispone el artículo 97 del mismo texto, en seis meses, desde que los plazos establecidos en dicho artículo 97 para los crímenes, simples delitos y faltas “deben determinarse sobre la base de las penas impuestas por la sentencia respectiva, es decir, en concreto” (Cury. Derecho Penal, Parte General. Ed. Universidad Católica de Chile, 8a ed., 2005, p. 805). 4°) Que, así las cosas, el Juzgado de Garantía recurrido ha actuado contraviniendo las normas antedichas al rechazar declarar la prescripción de la pena en el caso en estudio por exigir un plazo de cinco años, al entender, equivocadamente como se ha explicado antes, que debía transcurrir el término propio de un simple delito, naturaleza que no corresponde a la de la sanción impuesta al amparado, exponiendo a éste a verse privado de su libertad personal para cumplir una sanción que se encuentra extinguida por prescripción, peligro que deberá que deberá suprimirse acogiendo el recurso y adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintiuno de abril de dos mil v

Fallo

se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Julio Reinaldo Cid Vásquez, y se declara la prescripción de la pena de impuesta en la causa RIT 5334-291 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, cuya ejecución se sustancia actualmente ante el Juzgado de Garantía de Chillán, en los autos RUC 1700870259-4 y RIT 5032-2018. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol N° 12.827-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el amparado fue condenado por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, con fecha 10 de abril del año 2018, a la pena corporal de 21 días de prisión en su grado medio, por su responsabilidad como autor en el delito de hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM, descrito y castigado en el artículo 44

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