ENRIQUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece en esta causa el abogado don Jorge Manuel Lena Salgado, quien interpone recurso de protección en favor de doña STEPHANY RAQUEL ENRIQUEZ SAÑUDO, nacional de Colombia, quien presenta una solicitud de prórroga de residencia definitiva ante el Consulado de Chile en Colombia, pendiente desde el 10 de marzo de 2020, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, aduciendo vulneración a su derecho fundamental, previsto en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental. Refiere, en síntesis, que la recurrente ingresó una tercera prórroga de su permanencia definitiva con fecha 10 de marzo de 2020, enviando los documentos correspondientes al Consulado de Chile en Colombia y que con posterioridad a este ingreso y, habiendo solicitado esto dentro de todo plazo legal, tal y como lo había solicitado anteriormente en sus dos prórrogas pasadas, el Consulado de Chile en Colombia le señaló tener problemas para tramitar su correspondiente prórroga, específicamente, porque los documentos y prórrogas anteriores no habían sido despachados a Chile y que, por ello, no existía registro respecto de sus prórrogas, lo que le impediría obtener nuevamente el beneficio de prórroga. Solicita, en definitiva, Resolver sin más trámite, la solicitud de prórroga de permanencia definitiva de la recurrente, emitiendo la respectiva resolución que en derecho corresponda en el más breve plazo, manteniendo su beneficio de permanencia definitiva, con costas; SEGUNDO: Que informando don Cristian Rodrigo Donoso Maluf, embajador, Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior, manifestó escuetamente que no existiría registro en la repartición a su cargo de la solicitud de prórroga de permanencia definitiva presentada por la actora con fecha 10 de marzo de 2020, ante el Consulado de Chile en Colombia, por lo que solicita el rechazo del presente arbitrio. TERCERO: Que informando, a
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se acoge la acción constitucional interpuesta, por don Jorge Manuel Lena Salgado, en favor de doña STEPHANY RAQUEL ENRIQUEZ SAÑUDO, sólo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena a dicha repartición pública recurrida que dentro de un plazo de treinta días resuelva la solicitud de prórroga de la permanencia definitiva de la actora, efectúandole de inmediato la notificación legal de la respectiva decisión. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-4431-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. A los escritos folios 24 y 25: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece en esta causa el abogado don Jorge Manuel Lena Salgado, quien interpone recurso de protección en favor de doña STEPHANY RAQUEL ENRIQUEZ SAÑUDO, nacional de Colombia, quien presenta una solicitud de prórroga de residencia definitiv
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