SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ GOMEZ CLAUDIA/HEVIA LARENAS LIDIA - (LTE)

Rol

Fecha

18 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudia Rodríguez Gómez, abogada, en representación de los demandados Carmen Luisa Letelier Valdés, Juan José Letelier Valdés y Miguel Francisco Letelier Valdés, en autos sobre juicio sumario caratulado “Marínovic Ljubetic, Mladen Dragomir y otros con Agrícola Horconcura y otros”, seguido ante el 7° Juzgado Civil de Santiago, rol N°5832-2016; y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 14 de abril de 2021 que no concedió el recurso de apelación en contra de la resolución del día 5 del mismo mes y año, que declaró extemporánea la objeción de costas. Señala que, el 17 de marzo de 2021, el Tribunal tasó y reguló las costas procesales y personales. Respecto de dicha resolución, dedujo recurso de reposición. El día 26, dicha reposición fue rechazada. Luego de aquello, objetó las costas, sin embargo, el tribunal -por resolución del 5 de abril de 2021- estimó que la objeción fue interpuesta fuera de plazo. Finalmente, respecto de aquella resolución, la impugna mediante el recurso de apelación, el que se declaró, atendida la naturaleza de la resolución impugnada. Argumenta que, el recurso de apelación debió admitirse a tramitación puesto que la resolución recurrida es un decreto que alteró la sustanciación del regular del juicio. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso, la Juez suplente del 7° Juzgado Civil de Santiago, Lidia Hevia Larenas, señala que el 17 de marzo de 2021, se puso en conocimiento de las partes, la liquidación del crédito y la regulación de las costas. Agrega que, las costas no fueron objetadas dentro de plazo, por lo que precluyó la facultad del artículo 141 del Código de Procedimiento Civil. Refiere que, con fecha 23 de marzo de 2021, la demandada interpuso recurso de reposición en contra de la resolución de 17 de marzo, solicitando aclarar la resolución recurrida en el sentido de mencionar el criterio o parámetros utilizados para realizar la tasación y regulación. Mediante pres

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil se rechaza el recurso de hecho deducido por la abogada Claudia Rodríguez Gómez en contra de la resolución de 14 de abril de 2021, dictada por el 7º Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y comuníquese. N°Civil-3314-2021. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y el abogado integrante señor Sebastián Ramón Hamel Rivas. En Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Al folio 19: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, como se pide. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudia Rodríguez Gómez, abogada, en representación de los demandados Carmen Luisa Letelier Valdés, Juan José Letelier Valdés y Miguel Francisco Letelier Valdés, en autos sobre juicio sumario caratulado “M

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