RODRIGUEZ VILLANUEVA CARLOS SAMUEL/3° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Katherine Villagra García, abogada en representación de Carlos Samuel Rodríguez Villanueva y deduce recurso de amparo en contra de la resolución de 22 de marzo de 2023, del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, que dispuso una orden de arresto en contra del amparado por el no pago de la deuda de alimentos. Explica que, en causa RIT-Z-7101-2022, la juez Karen Becker Cares dispuso la aplicación de apremios en contra del actor motivado por la deuda de alimentos que estos mantiene la que, alcanza la suma de 58,64334 UTM. Reclama que, en la especie, la medida de apremio vulnera la garantía constitucional del debido proceso pues que, estas medidas se adoptaron con la sola petición de la contraparte sin permitirle al actor ejercer su derecho a defensa. Junto con lo anterior, alega que la medida adoptada carece de proporcionalidad. En este sentido, señala que su representado tiene la voluntad de pagar la deuda, mediante pagos mensuales por lo que no existen antecedentes que hagan presumir la intención de eludir la deuda. Previa cita de jurisprudencia, solicita que se acoja el recurso y se ordene dejar sin efecto la orden de arresto en contra del amparado o en subsidio se cite a audiencia por parte del Juzgado de Familia respectivo para efectos que el recurrente haga valer sus derechos. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso, la juez Karen Becker señala que, con fecha 14 de febrero de 2023, el actor fue notificado de la liquidación de la deuda de alimentos por la suma de 58,64334 UTM. El 20 de febrero de 2023, la alimentaria solicitó la aplicación de apremios en contra del amparado. Agrega que, el actor no objetó ni realizó observaciones a la liquidación de modo que, el 22 de marzo de 2023 se accedió a la petición de apremios. Añade que, a la fecha la deuda no ha sido satisfecha y es precisamente el procedimiento ejecutivo en sede de familia, el que se erige como mecanismo que garantiza el derecho fundamenta
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Carlos Samuel Rodríguez Villanueva en contra del Tercer Juzgado de Familia de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-653-2023. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y el abogado integrante señor Sebastián Ramón Hamel Rivas. En Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Katherine Villagra García, abogada en representación de Carlos Samuel Rodríguez Villanueva y deduce recurso de amparo en contra de la resolución de 22 de marzo de 2023, del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, que dispuso una orden de arresto en contra del amparado por el no
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