SIN INFORMACION

ENCINA/UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION

Rol

Fecha

18 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 8 de noviembre de 2022 comparece don Juan Pablo Encina Vargas, empleado, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, representada legalmente por doña Elisa Araya Cortez, a fin de cautelar el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 N° 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que el año 2001 ingresó a la carrera de Relaciones Públicas, egresando el año 2004. Por

Fundamentos

motivos personales, familiares y financieros se dedicó a trabajar y no pudo iniciar su proceso de titulación hasta el 22 de septiembre de 2022, fecha en que presentó sus antecedentes académicos para obtener el título profesional correspondiente, por correo electrónico remitido a la Jefa del Subdepartamento de Títulos y Grados. Señala que el 3 de octubre de 2022 recibió respuesta, indicándole que debía completar antecedentes para empezar el proceso de titulación, enviando lo requerido el mismo día. Luego, el día 12 de octubre, por la misma vía, la Jefa del Subdepartamento referido señaló que la titulación estaba en proceso y que debía contactarse con “Normalización”, por una deuda pendiente de arancel que al 14 de octubre ascendía a $9.646.354, informándole que debía pagar esa deuda para la entrega del título y diploma. Califica de arbitrario e ilegal el acto de negarse a entregarle el título por mantener una deuda, considerando que cumplió suficientemente con todos los requisitos académicos exigidos. Cita como garantías constitucionales vulneradas, en primer lugar, la igualdad ante la ley establecida en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, no pudiendo la universidad recurrida condicionar la titulación al cobro de una deuda arancelaria, deuda que de existir puede ser exigida judicialmente. Estima, adicionalmente, que se vulnera el derecho de propiedad, reconocido en el artículo 19 N° 24 del texto Constitucional, en tanto ha cumplido con los requisitos para obtener el grado de Licenciado en Relaciones Públicas, no pudiendo ser privado del legítimo derecho a obtener el título profesional. Solicita que se acoja la acción, ordenando a la recurrida la entrega del título profesional y de la correspondiente documentación que diga relación con la graduación y titulación, bajo el apercibimiento y dentro del plazo que se estimen pertinentes, que se adopten todas las medidas necesarias para que se restablezca el imperio del derecho y, que se condene en costas a la recurrida; SEGUNDO: Que el 20 de diciembre de 2022, comparece don José Rafael Cortés Vergara, abogado, señalando que sin perjuicio de los hechos alegados por el actor, se tomaron las medidas administrativas pertinentes y se instruyó directamente a la jefatura del Subdepartamento de Títulos y Grados de la universidad que conforme a la Ley y la jurisprudencia, a pesar de la deuda que efectivamente existe, se comunicara con el recurrente para entregarle los documentos que le corresponden -certificado o diploma-, en el evento de haber cumplido con los requisitos de titulación. Por lo anterior, la autoridad señalada se comunicó vía correo electrónico, informándole al actor que están disponibles el certificado y diploma correspondientes, citándolo a sus oficinas, debiendo cumplir los requisitos de derechos universitarios respectivos a la emisión de dichos documentos; TERCERO: Que por presentación de 22 de diciembre de 2022, la recurrida hizo presente que el actor retiró su diploma y certifi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Juan Pablo Encina Vargas en contra de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-138970-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 8 de noviembre de 2022 comparece don Juan Pablo Encina Vargas, empleado, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, representada legalmente por doña Elisa Araya Cortez, a fin de cautelar el legítimo eje

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