CUETO / CUERPO DE BOMBEROS DE QUILLOTA
Rol
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece doña Lidia del Carmen Cueto Berríos, bombera, interponiendo recurso de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota, por la expulsión de la compañía en un proceso disciplinario viciado de infracciones a las normas del debido proceso, materializada mediante Resolución de fecha 30 de diciembre de 2022, acto que vulnera las garantías del artículo 19 N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 de la Constitución Política de la República. Indica que ha sido bombera del cuerpo de bomberos de Quillota durante más de 25 años. La intervención de la cuarta compañía a la que pertenecía se inició en el año 2020 y se mantiene hasta hoy, no se inició un proceso disciplinario por haber cometido alguna falta determinada de aquéllas que están señaladas en el estatuto. Se le juzgó porque supuestamente, luego del ingreso de 20 nuevos bomberos a la compañía, éstos tuvieron “una serie de conflictos con los bomberos que conformaban ya dicha compañía”. Refiere que en la resolución que ordena su expulsión de fecha 14 de abril de 2022, se le sindican actitudes de constituirían mala influencia para sus pares además de señalar que habría invitado a compañeros a su casa, sin indicar qué artículo del estatuto infringió. Agrega que apeló dicha resolución y se encuentra trámite, siendo “separada” de la corporación hasta que se resolviera su situación. Señala que fue nuevamente citada al consejo superior de disciplina para el día 29 de agosto de 2022. Las ilegalidades comenzaron por la conformación del consejo superior de disciplina ya que estaba integrado por las mismas personas que la habían expulsado en abril: Cristián Rojas, Víctor Cruces y Ricardo Avilés. Además, hace presente que no tuvo conocimiento de las sesiones del Consejo y no pudo acceder al nombre de los testigos, siendo definitivamente expulsada mediante resolución de fecha 30 de diciembre de 2022, fundada en el artículo 8 del estatuto letras j y k, la que le fuera notificada con fecha 04 de febrero de 2023. Agreg
Fundamentos
considerandos de la resolución del Honorable Consejo Superior de Disciplina. Agrega que el Honorable Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Quillota, por medio de resolución de fecha 18 de abril de 2022, adopto la medida de Expulsión de la señora Lidia Cueto Berrios, al igual que una serie de expulsiones de otros ex miembros de la Cuarta Compañía de Bomberos de Quillota. Esta resolución, por medio de la cual fue objeto de apelación, por lo que los antecedentes fueron enviados al Tribunal de Apelaciones, quien es aquel órgano llamado a conocer de las apelaciones sobre las resoluciones que emita el Consejo Superior de Disciplina. Este órgano, luego de revisar cada uno de los antecedentes, y de citar a la recurrente de autos, por medio de resolución adoptada con fecha 09 de julio de 2022, se procedió a dejar sin efecto la apelación interpuesta y en concreto se procede a remitir el caso al Honorable Consejo Superior de Disciplina de la Institución para que este nuevamente conociera del proceso, para lo cual se determina separar de toda actividad bomberil a la señora Cueto. Esta situación, llevo a que el Honorable Consejo Superior, luego de notificado formalmente de la situación procediera a realizar un nuevo análisis de los antecedentes, lo que se comienza a materializar en la sesión del día 29 de agosto de 2022, momento en que la recurrente fue nuevamente citada a sesión del Consejo Superior de Disciplina. Producto de la complejidad del caso, y a fin de ponderar cada uno de los elementos ventilados en la presente causa, con fecha 30 de diciembre de 2022, el Consejo Superior de Disciplina dicto la resolución de expulsión. Refiere que como se aprecia en la resolución recurrida, el proceso disciplinario se desarrolló al alero de lo señalado en el Estatuto y en el Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Quillota, no existiendo observación alguna, ni reparo de parte de la recurrente en cada una de las instancias a la cual fue citada. A folio 10, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por el presente recurso de protección la recurrente solicita se deje sin efecto la Resolución N° 89/2022, de fecha 30 de diciembre de 2022, del Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Quillota, mediante la cual
Fallo
se declara su expulsión. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes y documentos acompañados por las partes, es posible señalar que la actuación en contra de la cual se ha interpuesto esta acción ha sido adoptada por autoridad competente, en conformidad al Estatuto del Cuerpo de Bomberos, dentro de la esfera de sus atribuciones y de acuerdo al procedimiento en éste indicado, sin que se advierta la arbitrariedad o ilegalidad alegada. Lo anterior sumado a la circunstancia de haberse analizado los antecedentes en dos oportunidades arribándose a la misma decisión, previo análisis de la prueba y antecedentes aportados por las partes. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de protección interpuesto por doña Lidia del Carmen Cueto Berríos, en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso, quien estuvo por acoger el presente recurso teniendo presente para ello que de los antecedentes se advierte la vulneración al debido proceso, desde que los integrantes del Consejo Superior de Disciplina, fueron los mismos que conocieron los antecedentes en el primer procedimiento, que fue anulado y aquél que fue llevado a efecto a consecuencia de dicha resolución. Así, al haberse efectuado el segundo sumario ante un tribunal legalmente inhabilitado dicha comisión se ha convert
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Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece doña Lidia del Carmen Cueto Berríos, bombera, interponiendo recurso de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota, por la expulsión de la compañía en un proceso disciplinario viciado de infracciones a las normas del debido proceso, materializada mediante Resolución de fecha 30 de dic
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