RODRÍGUEZ/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO)
Rol
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (DEL ACUERDO)
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparecen doña María Isabel Wigg Sotomayor y doña Catalina Andrea Beyer Ríos, abogados, y deducen recurso de protección, en favor de doña Natalia Isabel Rodríguez Monsalve, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (en adelante SUSESO), representada legalmente por don Claudio Reyes Barrientos, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de una resolución que confirma el rechazo del pago de dos licencias médicas -Nºs 44376126-8 y 45266724-K-, emitidas por el médico traumatólogo tratante, por un total de 60 días, a contar del 28 de septiembre de 2020; lo que perturba y amenaza el legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicitan que, acogiéndose el presente recurso de protección, se apruebe y ordene el pago, por quién corresponda, de los subsidios por incapacidad laboral temporal derivados de las licencias médicas antes señaladas, extendidas a favor de la recurrente, o bien, la declaración que se estime efectuar en igual sentido; lo anterior, sin perjuicio que se adopten todas las otras medidas necesarias tendientes a restablecer el imperio del Derecho; con costas. Precisan, que se recurre en contra de la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-IBS- 133936-2021, de fecha 12 de Octubre de 2021, emitida por la SUSESO, que resolvió confirmar el rechazo de las licencias médicas Nºs 44376126-8 y 45266724-K, extendidas por un total de 60 días, a contar del 28 de septiembre de 2020. Indican, que dicha resolución exenta, en lo pertinente, concluye “que el reposo prescrito por las mencionadas licencias médicas, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que los antecedentes aportados no permiten establecer la existencia de incapacidad laboral temporal más allá del período de reposo ya autorizado, 374 días de reposo, el que se estima suficiente para obtener la curación del cuadro clínico descrito y su reintegro al trabajo,
Fundamentos
Fundamentos de la resolución: CONCLUSIÓN: 34 años. Recurso de reposición + nuevas LMs. Reclama 2 Lms por 60 días a/c 28-10-2020 por SINDROME DE MANGUITO ROTATORIO, emitida por TMT alto emisor. 374 días con LM autorizados previos. IMC TMT alto emisor 30-08-2021/28-04-2021: Rotura masiva SE der op, tenotomía bicipital der, trabaja en bodega. Evolución lenta. KNT dificultada por pandemia, realiza más de 50 sesiones de KNT. Alta laboral actual, sin secuelas. Acredita KNT hasta 29-01-2021. Rechazo, reposo previo es suficiente, el IMC no detalla evolución ni incapacidad funcional.”. Antecedentes todos, tenidos en cuenta, por la recurrida, al tiempo de confirmar el rechazo de las licencias médicas reclamadas, los que no permiten justificar el reposo prescrito, ni el rol terapéutico del mismo, elementos esenciales, que deben cumplirse atendida la naturaleza temporal del reposo que implica una licencia médica, y el objetivo de la misma, cual es obtener la recuperación del paciente, y su reintegro laboral, lo que implica, concluir, como lo hizo la SUSESO, y colegir, consecuentemente, la ausencia de arbitrariedad e ilegalidad, en la Resolución impugnada. Décimo: Que, de acuerdo con lo razonado precedentemente, al haberse descartado la realización de conductas u omisiones arbitrarias o ilegales, por parte de la recurrida, resulta innecesario analizar si se ha vulnerado alguna de las garantías que se han denunciado como infringidas. Undécimo: Que, en consecuencia, por no configurarse, en la especie, el supuesto básico que justifica brindar protección constitucional, cual es, la existencia de un acto o una omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, el recurso de protección deducido debe ser necesariamente desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el deducido en favor de doña Natalia Isabel Rodríguez Monsalve, contra la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactado por la Ministro señora Duran Madina. Ingreso Corte N° 40709-2021 Protección Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya, e integrada, además, por la Ministro señora Inelie Durán Madina, y Abogado Integrante señor David Peralta Anabalón. No firma el abogado integrante señor Peralta, quien concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, por haber cesado sus funciones en esta Corte.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparecen doña María Isabel Wigg Sotomayor y doña Catalina Andrea Beyer Ríos, abogados, y deducen recurso de protección, en favor de doña Natalia Isabel Rodríguez Monsalve, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (en adelante SUSESO), representada legalmente por don Claudio Reyes Barrientos,
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