BRICEÑO DE ANDRADE MARGIOLIE KATIUSKA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
12598-2022
Fecha
3 de mayo de 2022
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintiuno de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 963-2022. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien estuvo por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, acoger la acción de amparo intentada, para los efectos que la autoridad administrativa se pronuncie dentro de un plazo de treinta días, respecto de la solicitud de permanencia definitiva pretendida por la recurrente teniendo presente para ello: 1°) Que de los antecedentes incorporados, aparece que el Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, reconoce que doña Margiolie Katiuska Briceño de Andrade, de nacionalidad venezolana, ingresó solicitud de permanencia definitiva el 1 de marzo de 2020, emitiéndose el comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, con vigencia mientras dure su tramitación, lo que le permite estar en situación regular en el país. 2°) Que desde la fecha en que dicha autoridad administrativa acogió a trámite la solicitud de permanencia definitiva, no se ha emitido un pronunciamiento sobre ella, por lo que la situación de no resolución de la petición efectuada importa, también, un problema de seguridad que coloca a la recurrente en una situación de incertidumbre completamente injustificada. Regístrese y devuélvase. Rol N° 12598-2022
Fallo
fallo en alzada y, consecuencialmente, acoger la acción de amparo intentada, para los efectos que la autoridad administrativa se pronuncie dentro de un plazo de treinta días, respecto de la solicitud de permanencia definitiva pretendida por la recurrente teniendo presente para ello: 1°) Que de los antecedentes incorporados, aparece que el Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, reconoce que doña Margiolie Katiuska Briceño de Andrade, de nacionalidad venezolana, ingresó solicitud de permanencia definitiva el 1 de marzo de 2020, emitiéndose el comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, con vigencia mientras dure su tramitación, lo que le permite estar en situación regular en el país. 2°) Que desde la fecha en que dicha autoridad administrativa acogió a trámite la solicitud de permanencia definitiva, no se ha emitido un pronunciamiento sobre ella, por lo que la situación de no resolución de la petición efectuada importa, también, un problema de seguridad que coloca a la recurrente en una situación de incertidumbre completamente injustificada. Regístrese y devuélvase. Rol N° 12598-2022
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de mayo de dos mil veintidós. Al escrito folio 29875-2022: a todo, téngase presente. Al escrito folio 30010-2022: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintiuno de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 963-2022. Acordada con el voto en contra del M
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