23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

OPPO MARTIN MARCELO CON CUMBRES DE COLON SPA (O)

Rol

92048-2020

Fecha

2 de mayo de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FORMA, ANULADA SENTENCIA DE, O(M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En estos autos rol N° 24.268-2017 seguidos ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, juicio ordinario sobre cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, caratulados “Martín Oppo con Cumbres de Colón SpA y RVC Constrructora Limitada” por sentencia de cinco de abril de dos mil diecinueve, se acogió la excepción de prescripción opuesta por las demandadas y en consecuencia se rechazó la demanda deducida por Martín Marcelo Oppo, sin costas. El demandante dedujo recurso de casación en la forma y apeló en contra de la referida sentencia y una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad por determinación de uno de julio de dos mil veinte, rechazó la nulidad impetrada y confirmó el fallo apelado. En contra de este pronunciamiento la misma parte deduce recursos de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad formal acusa en primer lugar que el

Fallo

fallo apelado. En contra de este pronunciamiento la misma parte deduce recursos de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad formal acusa en primer lugar que el fallo incurre en la causal 5ª del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación al N° 4 del artículo 170 del mismo texto legal, al no cumplir los sentenciadores con la exigencia de analizar la prueba rendida en primera y segunda instancia, careciendo de las consideraciones de hecho y de derecho sobre las probanzas que refiere, las que afirma dan cuenta de actos de reconocimiento de las obligaciones de las demandadas que producirían la interrupción natural de la prescripción alegada. En segundo lugar se invoca la causal de nulidad prevista en el artículo 768 N°9 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haberse faltado a algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad, en este caso, el exigido en el N°2 del artículo 800 del citado texto legal, es decir, la agregación de instrumentos presentados oportunamente por las partes, en segunda instancia, con citación o bajo apercibimiento legal. Explica que en segunda instancia y antes de la vista de la causa, acompañó de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 348 y 348 bis del Código de Enjuiciamiento Civil -en parte de prueba y mediante entrega de pendrive- una cadena d

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: En estos autos rol N° 24.268-2017 seguidos ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, juicio ordinario sobre cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios, caratulados “Martín Oppo con Cumbres de Colón SpA y RVC Constrructora Limitada” por sentencia de cinco de abril de dos mil diecinueve, se acogió la excepción de prescripción opuesta po

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica