VARGAS/THAYER
Rol
Fecha
17 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Leticia Marlene Suárez Donaire, abogada, con domicilio en calle Prat N°204 Departamento C de la comuna de La Serena, en representación de LUIS RENÁN VARGAS TRUJILLO, venezolano, cédula de identidad número 27.472.298-3, con domicilio en Avenida Río Lauca Nº3515, Altos de Peñuelas, Coquimbo, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representada por don Luis Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, tercer piso, comuna de Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva, solicitada con fecha 05 de agosto de 2021, señalando que dicha omisión vulnera los derechos consagrados en el artículo 19 numerales 1, 2, 3 y 16 de la Constitución Política. Expone que el recurrente ingresó al país en calidad de turista, para luego modificar su condición migratoria a residente con visa sujeta a contrato, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Agrega que con fecha 05 de agosto de 2021 solicitó el beneficio de residencia definitiva, acompañando todos los antecedentes requeridos para tal solicitud. No obstante, indica que a la fecha su solicitud sólo registra un avance del 26%, encontrándose imposibilitado de renovar su cédula de identidad, ya que no ha recibido ninguna respuesta final por parte de la recurrida, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, situación que vulnera su derecho a la integridad psíquica del artículo 19 Nº1 de la Constitución Política, como también, el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, y el derecho a la libertad de trabajo, establecidos en los numerales 2, 3 y 16 de la misma norma, respectivamente. Además, puntualiza lo dispuesto en los artícul
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que SE RECHAZAN las alegaciones de inadmisibilidad y de falta de legitimación pasiva, opuestas por la recurrida. II.- Que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de Luis Renán Vargas Trujillo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones (ex Departamento de Extranjería y Migración) dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 411-2023 (Protección).-
Texto Completo (Preview)
Vargas Trujillo, Luis Renán Servicio Nacional de Migraciones Recurso de protección Rol Nº411-2023 La Serena, diecisiete de abril de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Leticia Marlene Suárez Donaire, abogada, con domicilio en calle Prat N°204 Departamento C de la comuna de La Serena, en representación de LUIS RENÁN VARGAS TRUJILLO, venezolano, cédula de identida
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