2º JUZGADO DE LETRAS DE OSORNO

SOCIEDAD AGRICOLA HARDY GUARDA LIMITADA/AGRICOLA DOS MONTES LIMITADA

Rol

10983-2022

Fecha

29 de abril de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de notificación de factura tramitado digitalmente ante el Segundo Juzgado Civil de Osorno, bajo el Rol C-3516-2019, caratulado “Sociedad Agrícola Hardy Guarda Limitada/ Agrícola Dos Montes Limitada”, el ejecutante recurre de casación en el fondo y en la forma contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha quince de marzo de dos mil veintidós, que revocó la resolución de primer grado de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento y en su lugar lo acogió. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. En tanto, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad intentados en autos no serán admitidos a tramitación. Por estas considerac

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil se declaran inadmisibles los recursos de casación casación en el fondo y en la forma interpuestos en lo principal y primer otrosí del escrito de treinta y uno de marzo pasado por el abogado Luis Olcay M, en representación de la ejecutante, contra la sentencia de quince de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°10.983-2022.-

Texto Completo (Preview)

1 2 Santiago, veintinueve de abril de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de notificación de factura tramitado digitalmente ante el Segundo Juzgado Civil de Osorno, bajo el Rol C-3516-2019, caratulado “Sociedad Agrícola Hardy Guarda Limitada/ Agrícola Dos Montes Limitada”, el ejecutante recurre de casación en el fondo y en la forma contra la sent

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