BONNE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en representación de Kentine Bonne, haitiana, pasaporte GV4094025, cédula nacional de identidad N°25.968.032-8, domiciliada en calle Elías Fernández Albano N°7.955, comuna de San Ramón, Región de Metropolitana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, con motivo de la demora excesiva en la tramitación de su permanencia definitiva, constituyendo una vulneración a la garantía de igualdad ante la ley establecida en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Explica que su representada, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios, solicitó el beneficio de permanencia definitiva el 12 de abril de 2022, mediante la solicitud N°43303278. Señala que hasta la fecha el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado una respuesta clara, consistente e inequívoca respecto a su solicitud de permanencia definitiva. Agrega que esta circunstancia ha generado graves problemas a su representada, siendo la consecuencia más gravosa el no poder renovar su cédula de identidad, lo que le impide el ejercicio de prácticamente la totalidad de sus derechos civiles. Por lo tanto, para obtener la actualización de sus documentos de identificación, es absolutamente necesario que se resuelva a la brevedad su solicitud. Pide, que se ordene al recurrido dar curso progresivo a los autos administrativos, otorgando a la brevedad el acto administrativo terminal a la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, cesando así las vulneraciones a sus garantías constitucionales. Segundo: Que informan al tenor del recurso Nicolás Cornejo Montenegro y Valentina Gómez Baltán, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo. Señalan que la solicitud de la recurrente se encuentra actualmente
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Kentine Bonne, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 31.756-2023 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en representación de Kentine Bonne, haitiana, pasaporte GV4094025, cédula nacional de identidad N°25.968.032-8, domiciliada en calle Elías Fernández Albano N°7.955, comuna de San Ramón, Región de Metropolitana, quien deduce recurso de protección en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica