MONTES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
17 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Romina Andrea Moreno Ruz, abogado, en favor de don Juan Andrés Montes Rodríguez, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 26.056.766-7, domiciliados para estos efectos en Bartolo Soto N° 4033, dpto. 112, comuna de San Miguel, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de prórroga de visa temporaria de estudiante, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, lo que también transgrede el artículo 27 de la Ley 19.880. Expone que el recurrente realizó su solicitud de prórroga de visa temporaria de estudiante el 27 de octubre de 2021 y que, a la fecha, no ha recibido ninguna respuesta por parte del ente recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite demorado. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicita que se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el 27 de octubre de 2021, el recurrente solicitó la prórroga de visa temporaria de estudiante y que, luego de subsanar unos documentos, desde el 23 de febrero de 2023 la solicitud se encuentra en la etapa de “Antecedentes adicionales”, de conformidad a la circular N°12 del Servicio Nacional de Migraciones, de fecha 24 de noviembre de 2021. Sostiene que el artículo 38 de la Ley 21.325 establece expresamente que todos l
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San Miguel, diecisiete de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Romina Andrea Moreno Ruz, abogado, en favor de don Juan Andrés Montes Rodríguez, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 26.056.766-7, domiciliados para estos efectos en Bartolo Soto N° 4033, dpto. 112, comuna de San Miguel, quien recurre de protección en contra del Servicio Naci
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