FRANCISCA STEPHANIE ESPINOZA ASTUDILLO/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, CARABINEROS DE CHILE Y MINISTERIO PUBLICO
Rol
Fecha
17 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Stephanie Andrea Carvajal Ponce, abogada, en representación de doña Francisca Stephanie Espinoza Astudillo, cédula de identidad N°17.048.247-6 con domicilio para estos efectos en calle Beaucheff N°1315, comuna de Santiago, para interponer recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y Ministerio Público, por incurrir en hechos que constituyen una grave perturbación y amenaza para su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Expone que familiares y vecinos le han dado cuenta que funcionarios de Policia de Investigaciones de Chile o de Carabineros de Chile, sin lograr identificar de qué institución pertenecen pues no utilizaban el uniforme institucional, han ido a su domicilio ubicado en Karl Brunner 3261, comuna de San Joaquín exhibiendo su fotografía en búsqueda de ella, desconociendo los
Fundamentos
motivos de ello, no existiendo tampoco causas en la oficina judicial virtual que justifiquen estos hechos, lo que la hace temer por la vulneración a su derecho fundamental expuesto precedentemente. Pide acoger la acción, ordenando el inmediato cese de los hechos descritos, o lo que esta Corte estime que en derecho corresponde. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Magdalena Balar Salvat, abogada de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur del Ministerio Público, indicando que la recurrente no registra causas vigentes en esa fiscalía, en las cuales aparezca en calidad de imputada. Tercero: Que informa al tenor del recurso don Rodrigo Batek León, Jefe de Asesoría Jurídica de la Zona Metropolitana de Carabineros de Chile, indicando que funcionarios de esa institución no han adoptado procedimiento alguno respecto de la recurrente y que tampoco registra mandato del Ministerio Público, orden o resolución que le afecte. Cuarto: Que informa al tenor del recurso doña Maricela Gárate Vergara, Prefecta Inspectora, Jefa Nacional de Delitos contra las Personas de la Policía de Investigaciones de Chile, indicando que el 2 de marzo de 2023 la Brigada de Homicidios Sur recibió una instrucción particular de la Fiscalía Local de Puente Alto, en causa RUC 2100089853-5, seguida por el delito de Homicidio en contra de Fernando Ignacio Uribe Morales, ordenándose en la misma ubicar y tomar declaración en calidad de testigo a la recurrente en sus domicilios de calle Karl Brunner N°3276 o N°3246 y de calle San Nicolás N°409, ambos de la comuna de San Joaquín, y de calle Aiyagurichi N°1883 de la comuna de La Florida; diligencia que se llevó a efecto el 3 de marzo del presente año, no siendo habida la recurrente, ya que personas de los domicilios señalaron que ella no vive en esos inmuebles, desconociendo su paradero actual. Quinto: Que amplia informa al tenor del recurso don Sergio Ortega Obregón, Fiscal Adjunto (s) de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur del Ministerio Público, indicando que la Fiscalía Local de Puente Alto mantiene vigente la causa RUC 2100089853-5, seguida por el delito de Homicidio en contra de Fernando Ignacio Uribe Morales, ordenándose en la misma ubicar y tomar declaración en calidad de testigo a la recurrente, en atención a que ésta mantenía cercanía con la víctima y habría compartido con éste, horas antes de su muerte, considerando pertinente contar con su declaración sobre los hechos que se investigan, ya que podría aportar antecedentes relevantes, que permitan determinar el o los autores del delito; causa que actualmente se mantiene sin imputado conocido. Sexto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato l
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, contra el recurso la abogada doña Yelica Lusic Nadal. San Miguel, 17 de abril de 2023. Cristián Calderón Borquez, relator. San Miguel, diecisiete de abril de dos mil veintitrés. A los folios 12 y 13: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Stephanie Andrea Carvajal Ponce, abogada, en
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