SIN INFORMACION

CORBEA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

18 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de don Alejandro Corbea Silvestre, cubano, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 29 de abril de 2021. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sin más trámite respecto de su solicitud dentro de quinto día, con costas. A folio 10, se prescinde del informe solicitado al Servicio Nacional de Migraciones y se ordena traer los autos en relación. A folio 12, sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional de Migraciones, da cuenta que la solicitud del recurrente se encuentra en trámite en etapa de análisis I. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva del recurrente. Segundo: Que, teniendo presente lo expuesto, la tardanza denunciada por el recurrente importa una infracción a lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Alejandro Corbea Silvestre, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, dictando al efecto las resoluciones que correspondan dentro del término de 60 días hábiles, contado desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 1736-2023.-

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de don Alejandro Corbea Silvestre, cubano, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 29 de abril de 2021. Solicita en de

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