C.A. de Santiago

ESCALONA PENOTT ALFONSO JOSE CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

12142-2022

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos sexto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el actor se encuentra habilitado para obtener su cédula de identidad para extranjeros, no obstante lo cual el Servicio de Registro Civil e Identificación no accedió a la renovación de dicho documento pese a no existir justificación para aquello, tornándose en arbitrario tal proceder y afectando la libertad ambulatoria del recurrente en cuanto se le impide acreditar su situación migratoria regular en el país.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de doce de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 843-2022, y en su lugar se declara que se acoge la acción de amparo intentada en favor de Alfonso José Escalona Penott, debiendo el Servicio de Registro Civil e Identificación, en un plazo máximo de quince días –contados desde la fecha del presente fallo-, poner a disposición del recurrente la cédula de identidad para extranjeros por éste solicitada. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Dahm y del Abogado Integrante Sr. Abuauad, quienes estuvieron por confirmar el fallo en alzada, teniendo especialmente presente para ello que la acción constitucional de amparo no tiene por objeto acelerar procedimientos administrativos, máxime si en la especie no consta que haya existido una afectación a la libertad personal o seguridad individual del recurrente, sobre todo si se tiene en cuenta que del mérito del informe del Servicio de Registro Civil e Identificación se desprende que el actor se encuentra actualmente habilitado para obtener su cédula de identidad para extranjeros. Regístrese, comuníquese y devuélvase Rol N° 12.142-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de abril de dos mil veintidós. Al escrito folio 28967-2022: téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos sexto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el actor se encuentra habilitado para obtener su cédula de identidad para extranjeros, no obs

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