STOHWING/SCOTIABANK CHILE S. A.
Rol
Fecha
13 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) Que la abogada Paula María Oyarzo Valdés, abogada, interpone acción constitucional de protección en favor de Silke Stöhwing Contreras contra el Banco Scotiabank Chile, en razón del acto u omisión que estima ilegal y arbitrario de no otorgarle productos bancarios a pesar de ser cuenta correntista de dicho banco sobre la base de información histórica de morosidad que no debería ser tenida en consideración, vulnerando las garantías de los numerales 2°, 4°, 5° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que en febrero de 2022, se le abrió cuenta corriente pero sin ningún producto, esto es, sin línea ni tarjeta de crédito, argumentando la ejecutiva que después podría acceder a ellos porque el banco exigía un buen comportamiento durante los últimos doce meses y que la información comercial de CMF “queda registrada un par de meses”. La solicitud anterior se volvió a intentar en junio, con una nueva ejecutiva pero nuevamente fue rechazada, sin entregársele razones de fondo refiriéndose únicamente que tenía morosidades solucionadas de noviembre de 2021, lo que queda en el histórico del banco. Afirma que desde noviembre de 2021, tiene un excelente comportamiento comercial, lo cual se refleja en el certificado de Dicom Platinum que acompaña a su recurso de protección; también concurrió a la Comisión para el Mercado Financiero, donde le manifestaron que no se encontraba en registro alguno, pero que los bancos tienen una segunda pantalla que no es legal, respecto de la cual no se puede hacer nada. Alega que la “lista negra” es ilegal y arbitraria, y las razones genéricas del banco, en razón de no tener un buen comportamiento financiero, no se sustentan en la información que debe ser tenida en consideración. Añade que otros bancos también le han negado su otorgamiento por las mismas razones, lo que es contrario a las garantías de los numerales 2°, 4°, 5° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, también a los art
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Silke Stöhwing Contreras. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N°88.130-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de abril de dos mil veintitrés. A los folios N° 24 y 25: a todo, téngase presente. Vistos: 1°) Que la abogada Paula María Oyarzo Valdés, abogada, interpone acción constitucional de protección en favor de Silke Stöhwing Contreras contra el Banco Scotiabank Chile, en razón del acto u omisión que estima ilegal y arbitrario de no otorgarle productos bancarios a pesar de ser cuenta corr
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