SIN INFORMACION

NAVARRO GONZALEZ CARLOS/ARANIS OLIVARES CARLOS 8320

Rol

Fecha

13 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Carlos Navarro González, abogado, actuando por sí y por sus mandantes –demandados-, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 1 de diciembre del año 2022 dictada por el juez árbitro Carlos Aranis Olivares en el juicio de partición de la herencia quedada al fallecimiento de doña Úrsula Mayer Wittwer que declaró inadmisible un recurso de apelación subsidiario a un recurso de reposición interpuesto por su parte. Al efecto, explica que interpone el presente recurso de hecho en contra de la resolución mencionada, por cuanto considera que lo decidido por el juez árbitro es errado. La resolución del 23 de noviembre de 2022, en su parecer, altera la normal substanciación del juicio, puesto que decide continuarlo con una persona que está sometida a interdicción por demencia que no está representada en la forma que la ley señala. Precisa que por resolución del 23 de noviembre del año 2022, el partidor denegó su petición en cuanto a que se designe un curador ad litem para que represente en el juicio de partición los intereses de don Jorge Vega Vischi, quien se encuentra sometido a interdicción por demencia. La decisión se fundó en que no habría conflicto de intereses, en que el interdicto ya cuenta con un curador, su hijo Martín Vega Mayer, quien ha aceptado el cargo para el que fue nombrado, y en que el señor Vega Vischi había nombrado abogado. Luego, con fecha 25 de noviembre de 2022 interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio fundado en el cual se debe considerar que resulta relevante la designación de abogado patrocinante y mandatario judicial efectuado por una persona demente sometida a interdicción, en que el curador no ha realizado el inventario de los bienes del pupilo, por lo que no puede ejercer el cargo y en que hay incompatibilidad de intereses entre el señor Vega Vischi y el señor Vega Mayer desde el momento en que ambos son interesados en el juicio de partición. En definitiva, solicita qu

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio 8: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Carlos Navarro González, abogado, actuando por sí y por sus mandantes –demandados-, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 1 de diciembre del año 2022 dictada por el juez árbitro Carlos Aranis Olivares en el juicio de partición

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