JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LEBU

MINPUBLICO C/ MATIAS ALAN BRANDON MARTINEZ VERGARA

Rol

Fecha

13 de abril de 2023

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261 Nº1, 263 Y 264.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que la defensa del imputado Matías Alan Brandon Martínez Vergara, se alzó contra la resolución de cuatro de abril del año en curso, del ingreso del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, que decretó la medida personal cautelar de prisión preventiva del imputado, formalizado por los delitos de robo en lugar destinado a la habitación, incendio con peligro para las personas, atentado contra la autoridad, amenazas simples y porte ilegal de bengalas. 2°.- Que teniendo presente que las alegaciones vertidas por los intervinientes en esta audiencia han sido materia del debate ante el Juzgado de Garantía y por lo tanto aparecen consideradas en la resolución que se cuestiona, y compartiendo esta Corte los

Fundamentos

fundamentos y decisión del juez de primera instancia en orden a estimar que existen elementos suficientes para sustentar la formalización de que ha sido objeto el imputado, en particular respecto del presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, como asimismo y en cuanto a la necesidad de cautela, siendo la prisión preventiva la única medida cautelar personal que, por ahora, asegura los fines del procedimiento, por lo que ésta resulta razonable y proporcional, se desestimarán las alegaciones vertidas por la defensa en esta audiencia.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de cuatro de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Matías Alan Brandon Martínez Vergara. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Quienes han intervenido en esta audiencia quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-423-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción FST/rtp Concepción, trece de abril de dos mil veintitrés. Vistos: 1°.- Que la defensa del imputado Matías Alan Brandon Martínez Vergara, se alzó contra la resolución de cuatro de abril del año en curso, del ingreso del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, que decretó la medida personal cautelar de prisión preventiva del imputado, formalizado por los delitos de robo en lugar de

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