VALENCIA FLORES HECTOR FABIO CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - DELEGACIÓN PRESIDENCIAL DE VALPARAÍSO
Rol
11168-2022
Fecha
20 de abril de 2022
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de uno de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 445-2022. Se previene que el Ministro Sr. Dahm, concurre a la confirmatoria, teniendo especialmente en consideración que el amparado ingresó al territorio nacional en el año 2012 e inmediatamente se incorporó a la organización delictual por la que fue condenado en el año 2014, agrupación criminal en que detentaba una participación no menor, de manera que se satisfacen los presupuestos legales en los que se sustenta el acto de autoridad contra el que se recurre. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Brito y Llanos, quienes estuvieron por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger la acción de amparo intentada, teniendo presente para ello, los siguientes
Fundamentos
fundamentos: 1. Que el amparado ha dado cumplimiento a la pena impuesta, tras habérsele sustituido por la pena de Libertad Vigilada Intensiva, de manera que, por una parte, el Estado ha realizado acciones tendientes a obtener su reinserción social, y, por otra, ha dispuesto su expulsión del territorio nacional, desprendiéndose cierta inconsistencia que resulta inadmisible. 2. Que, además, de los antecedentes del recurso se desprende que el amparado cuenta con familia en el territorio nacional, por lo que de mantenerse la decisión de la autoridad administrativa se ocasionará la separación de ella. El acto administrativo impugnado vulnera de esta forma el principio de reunificación familiar, consagrado en el artículo 1° inciso primero y final de la Constitución Política de la República, en cuanto establecen que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección, por lo que el tribunal debe adoptar las medidas para reparar la afectación de los derechos vulnerados. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11.168-2022.
Fallo
fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger la acción de amparo intentada, teniendo presente para ello, los siguientes fundamentos: 1. Que el amparado ha dado cumplimiento a la pena impuesta, tras habérsele sustituido por la pena de Libertad Vigilada Intensiva, de manera que, por una parte, el Estado ha realizado acciones tendientes a obtener su reinserción social, y, por otra, ha dispuesto su expulsión del territorio nacional, desprendiéndose cierta inconsistencia que resulta inadmisible. 2. Que, además, de los antecedentes del recurso se desprende que el amparado cuenta con familia en el territorio nacional, por lo que de mantenerse la decisión de la autoridad administrativa se ocasionará la separación de ella. El acto administrativo impugnado vulnera de esta forma el principio de reunificación familiar, consagrado en el artículo 1° inciso primero y final de la Constitución Política de la República, en cuanto establecen que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección, por lo que el tribunal debe adoptar las medidas para reparar la afectación de los derechos vulnerados. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11.168-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de abril de dos mil veintidós. A los escritos folios 25732-2022 y 26575-2022: a todo, téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de uno de abril de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 445-2022. Se previene que el Ministro Sr. Dahm, concurre a la confirmatoria, teniendo especialmente en consideración que el a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica