MP C/ OSVALDO ANDRES SILES SANCHEZ
Rol
Fecha
13 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1° Que en esta causa Rol N° 422-2023 la defensa del imputado se ha alzado en contra de la resolución de 6 de abril del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Osvaldo Andrés Siles Sánchez. 2° Que el encausado en este procedimiento se encuentra formalizado por el delito de violación de mayor de 14 años del artículo 361 N° 2 del Código Penal, en relación a hechos eventualmente acontecidos el día 1 de enero de 2023. 3° Que conforme a los antecedentes del proceso y de los aportados por los intervinientes, se constata que en la especie se encuentra debidamente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, existiendo además suficientes antecedentes para presumir en forma fundada la participación penal, con lo que se encuentran debidamente establecidos los presupuestos materiales exigidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que en relación a la necesidad de cautela de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos, así como la gravedad de la pena asignada por la ley al delito por el cual se ha formalizado, unido a que los antecedentes hechos valer al efecto por la defensa no hacen variar sustancialmente los
Fundamentos
fundamentos tenidos a la vista al decretar la prisión preventiva, con lo que no cabe la aplicación de una medida cautelar de menor intensidad; y en lo relativo al cuestionamiento de las circunstancias de hecho que configuran los elementos del delito, la calificación de los hechos y el grado de desarrollo del ilícito; se trata de argumentos de fondo que exigen para su plausibilidad de más y mejores elementos de convicción, no reunidos en esta etapa procesal, con lo que no cabe sino concluir que la libertad personal de Siles Sánchez constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente mantener la prisión preventiva a su respecto.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de seis de abril del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Osvaldo Andrés Siles Sánchez. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-422-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NEA/shp Concepción, trece de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: 1° Que en esta causa Rol N° 422-2023 la defensa del imputado se ha alzado en contra de la resolución de 6 de abril del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Osvaldo Andrés Siles Sánchez. 2° Que el encausad
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