JARA VILLRROEL DENISSE CON GUTIÉRREZ PINTO GLORIA (O)
Rol
104689-2020
Fecha
19 de abril de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
VISTO: En estos autos Rol C-5283-2016 del Primer Juzgado Civil de Temuco, sobre declaración de comunidad por concubinato, caratulados “Jara/Gutiérrez”, por sentencia de trece de marzo de dos mil diecinueve, el juez titular del referido tribunal rechazó la demanda principal, sin costas y acogió la acción reconvencional, deducida por los demandados en contra de la actora, también sin costas. La demandante dedujo los recursos de casación en la forma y de apelación en contra de dicho fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, por resolución de once de agosto de dos mil veinte, rechazó la nulidad pero revocó el fallo, acogiendo la demanda, solo en cuanto se declara que existe una comunidad entre la actora y la sucesión de don Alejandro Antonio Cofré Gutiérrez, formada por los demandados, respecto del inmueble ubicado en la ciudad de Temuco, calle Bello N°248, conformado por el departamento 1608, el estacionamiento 110 y la bodega 121; que la cuota que le corresponde a la actora y a la comunidad mencionada es de un 50% sobre los bienes señalados desechándose la acción principal, en todo lo demás, así como también la demanda reconvencional, sin costas. En contra de esta última decisión la parte demandada dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA. PRIMERO: Que la recurrente invoca la causal de nulidad formal prevista en el numeral 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, vinculada a lo dispuesto en el artículo 170, números 4 y 5 del mismo cuerpo legal, al no contener la sentencia de segunda instancia las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento y la enunciación de las leyes, y en su defecto de los principios de equidad, con arreglo a los cuales se pronuncia el fallo, la cual revocó la de primera instancia, acogiendo la demanda principal y rechazando la demanda reivindicatoria reconvencional presentada
Fundamentos
motivos de la sentencia de primera instancia, en los cuales se analizó la prueba, fueron eliminados, reemplazándose aquellos por los nuevos considerandos 15° a 18°, omitiendo pronunciarse sobre el valor probatorio de la mayor cantidad de instrumentos privados y públicos, presentados por las partes, lo que sí habría hecho el
Fallo
fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, por resolución de once de agosto de dos mil veinte, rechazó la nulidad pero revocó el fallo, acogiendo la demanda, solo en cuanto se declara que existe una comunidad entre la actora y la sucesión de don Alejandro Antonio Cofré Gutiérrez, formada por los demandados, respecto del inmueble ubicado en la ciudad de Temuco, calle Bello N°248, conformado por el departamento 1608, el estacionamiento 110 y la bodega 121; que la cuota que le corresponde a la actora y a la comunidad mencionada es de un 50% sobre los bienes señalados desechándose la acción principal, en todo lo demás, así como también la demanda reconvencional, sin costas. En contra de esta última decisión la parte demandada dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA. PRIMERO: Que la recurrente invoca la causal de nulidad formal prevista en el numeral 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, vinculada a lo dispuesto en el artículo 170, números 4 y 5 del mismo cuerpo legal, al no contener la sentencia de segunda instancia las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento y la enunciación de las leyes, y en su defecto de los principios de equidad, con arreglo a los cuales se pronuncia el fallo, la cual revocó la de primera instancia, acogiendo la demanda principal y rechazando la demanda reivindicatoria reconvencio
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PAGE 1 Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintidós. VISTO: En estos autos Rol C-5283-2016 del Primer Juzgado Civil de Temuco, sobre declaración de comunidad por concubinato, caratulados “Jara/Gutiérrez”, por sentencia de trece de marzo de dos mil diecinueve, el juez titular del referido tribunal rechazó la demanda principal, sin costas y acogió la acción reconvencional, deducida por los de
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