JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

ALLAN GEORGE MALLOUHI CAVALLONE C/ CHRISTEL STEPHANIE SCMIDT JARA

Rol

Fecha

13 de abril de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se han expuesto en esta audiencia y estimando el tribunal que en el caso se cumplen todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha 5 de abril de 2023, por constituir la conducta de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 537-2023 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 13 de abril de 2023. Sr. Rafael Cáceres Santibáñez, Relator Ad-Hoc. En Valdivia, a 13 de abril de 2023, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vío Vargas, Secretario Titular.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad del artículo 155 del Código Procesal Penal o, en subsidio, se modifique la causal de imposición de la prisión preventiva por la peligro de fuga conforme al artículo 146 del mismo cuerpo normativo. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se han expuesto en esta audiencia y estimando el tribunal que en el caso se cumplen todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha 5 de abril de 2023, por constituir la conducta de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 537-2023 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 13 de abril de 2023. Sr. Rafael Cáceres Santibáñez, Relator Ad-Hoc. En Valdivia, a 13 de abril de 2023, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vío Vargas, Secretario Titular.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA TRECE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RIT 1132-2023, RUC 2300348669-9 ROL CORTE N° 537-2023 PENAL. Siendo las 10:26 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente de Sala Sr.

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