TOLOZA/CORTEZ
Rol
Fecha
13 de abril de 2023
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés, escrita a folio N° 29, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar. Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-885-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, trece de abril de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de treinta de enero de dos mil veintitrés, escrita a folio N° 29, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar. Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-885-20
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica