ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON MUNICIPALIDAD DE CHILLAN
Rol
P-998-2021
Fecha
7 de febrero de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Chillán, siete de febrero de dos mil veintidós. Proveyendo solicitud se falle incidente de nulidad: Se presenta la demandada solicitando en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho indicados en su presentación, tener por interpuesto incidente de nulidad procesal de lo obrado por falta de emplazamiento, con expresa condenación en costas.- En orden a resolver la controversia se tendrá presente el artículo 429 del Código del Trabajo que establece en su inciso segundo “El tribunal corregirá de oficio los errores que observe en la tramitación del juicio y adoptará las medidas que tiendan a evitar la nulidad del procedimiento. La nulidad procesal sólo podrá ser decretada si el vicio hubiese ocasionado perjuicio al litigante que la reclama o si no fuese susceptible de ser subsanado por otro medio.” De esta manera, habiendo tenido a la vista los antecedentes de la presente causa y no advirtiéndose vicio alguno subsanable con la declaración de nulidad, por cuanto la demandada ha sido legal y válidamente emplazada en el Departamento de Educación Municipal de Chillán, con fecha 10 de enero último, según consta a folio 9, de conformidad a lo previsto en los artículos 44 del Código de Procedimiento Civil y 443 del Código del Trabajo, según refiere el párrafo anterior, procede rechazar el incidente promovido.
Fallo
Por tanto en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 429 y 443 del Código del Trabajo SE RESUELVE: NO HA LUGAR, SIN COSTAS, AL INCIDENTE DE NULIDAD DE TODO LO OBRADO OPUESTO POR LA DEMANDADA. Notifíquese por correo electrónico a los apoderados de las partes. RIT: P-998-2021 RUC: 21-3-0196191-7 DICTADA POR DOÑA ROXANA SALGADO SALAMÉ, JUEZA DEL TRABAJO DE CHILLAN. En Chillán a siete de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente./cgh Código: YQYTYXTPEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-02-07T13:00:11-0300
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Chillán, siete de febrero de dos mil veintidós. Proveyendo solicitud se falle incidente de nulidad: Se presenta la demandada solicitando en virtud de los fundamentos de hecho y derecho indicados en su presentación, tener por interpuesto incidente de nulidad procesal de lo obrado por falta de emplazamiento, con expresa condenación en costas.- En orden a resolver la controversia se tendrá presente
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