SIN INFORMACION

ÁLVAREZ/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SUBCOMISI

Rol

Fecha

12 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha seis de marzo de dos mil veintitrés comparece CAROLINE MICHELLE ALVAREZ DONOSO, interponiendo RECURSO de PROTECCIÓN en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Expone que durante la vigencia del vínculo laboral con su empleador ACEROS SERVIMAR LTDA., el día 15 de enero de 2018, en pleno ejercicio de sus funciones laborales (ejecutiva comercial de Ventas en III y IV Región) sufrió un accidente de trayecto, mientras se dirigía en su automóvil a realizar gestión de venta donde un cliente, lo que en definitiva provocó una lesión lumbar de gravedad, lo que la tiene con una incapacidad temporal actualmente. Indica que luego del accidente fue a centros de urgencia, sin embargo, estaban colapsados, por lo que se comunicó con el médico particular, don ALBERTO CASANOVA., quien le recetó algunos remedios para calmar el dolor, y ordenó se realizara una resonancia magnética para ver el diagnóstico de la lesión el cual arrojó como resultado presencia de fractura en las vértebras L4 y L5 Aduce que no cuenta con las facultades económicas para costear el tratamiento kinésico adecuado, el cual contempla inyecciones en la zona afectada ´para calmar los dolores, resonancias magnéticas, e intervención quirúrgica respectiva; continúa padeciendo su enfermedad lumbar, ya que es una lesión lumbar crónica, por la cual ya se le han emitido de un serie de licencias médicas de carácter continuas, en las cuales han intervenido los siguientes profesionales de la salud: médico general Alberto Casanova, fisiatra Pablo Collao, traumatólogo Álvaro Rojas, y neurocirujano, Juan Cristóbal Cuellar. Por su parte, la empleadora no reconoció responsabilidad en el accidente laboral de trayecto, no indemnizando ni pagando los tratamientos médicos a la recurrente y la Caja de Compensación Los Andes tampoco paga las licencias Médicas si el COMPIN las rechaza y en este caso la Superintendencia de Seguridad Social, confirma el rechazo de las Licencias médicas 77560564-2 y 78829501-4, extendidas por un total de 60 días a contar del 16 de octubre de 2022, RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-UME-26091-2023 de fecha 27 de febrero de 2023. Sumado a eso se encuentra afectada por una grave depresión, con intentos suicidas, a contar del año 2020, lo que se acrecentó los años 2021 y 2022, lo que se ha acreditado con certificados médicos respectivos, ante COMPIN Y SUSESO. Señala que debido a las patologías crónicas está tramitando su pensión de invalidez anticipada en AFP CAPITAL, en ese sentido cuando se hizo la primera solicitud ingreso de esa hubieron errores en los datos, por lo que se hizo un reingreso con fecha 21 DE DICIEMBRE DE 2022.Le evaluación respectiva de médicos de Compin estaba fijada para el día 28 de Febrero de 2023, vía remota, sin embargo, por motivos ajenos a la voluntad de la recurrente no se realizó. Todo lo señalado ha demorado los trámites de pensión de invalidez anticipada. Sostiene que las enfermedades físicas y psicológicas

Fallo

Por estas consideraciones solicita que la Superintendencia de Seguridad Social ordene el pago correspondiente de las licencias médicas N°s 77560564-2, 78829501-4 a la COMISIÓN MEDICA DE PENSIONES E INVALIDEZ (SUBCOMISIÓN VIÑA DEL MAR - QUILLOTA - COMPIN REGIÓN DE VALPARAÍSO), sin perjuicio de todas las otras medidas de protección que se estime del caso adoptar como adecuadas a los fines y fortalecimiento de la protección. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Copia de Licencia médica 77560564-2 folio 279567, de fecha, emitida por el Médico Francisco Trigo Bugueño RUN 16.703996-0, reposo total por 30 días, fecha de otorgamiento 18-10-2022; 2.- Copia de Licencia médica 78829501 folio 280565, de fecha, emitida por el Médico Francisco Trigo Bugueño RUN 16.703996-0, reposo total por 30 días, fecha de otorgamiento 14-11-2022; 3.-Resolución emitida por la SUPERINTENDENCIA SE SEGURIDAD SOCIAL, fecha 27 de Febrero de 2023, R-210664-2022 (que confirma el rechazo de las licencias médicas 77560564-2 y 78829501, por parte de SUBCOMISIÓN VIÑA DEL MAR - QUILLOTA - COMPIN REGIÓN DE VALPARAÍSO); 4.- Declaración jurada tramitación licencias médicas INSPECCIÓN DEL TRABAJO, de fecha 17-11-2022, que señala que la licencia médica 78829501-4 respecto del trabajador CAROLINE MICHELLE ALVAREZ DONOSO C.I.N° 15.012-409-6 , no fue recepcionada por su empleador, quien se negó aceptarla señalando que EMPRESA NO HABIDA EN LA ZONA, LICENCIAS MÉDICAS CONTINUAS: 5.- Declaración jurada tramitación licencias

Texto Completo (Preview)

Álvarez Donoso, Caroline Michelle Superintendencia de Seguridad social Recurso de protección Rol N° 285-2023.- La Serena, doce de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha seis de marzo de dos mil veintitrés comparece CAROLINE MICHELLE ALVAREZ DONOSO, interponiendo RECURSO de PROTECCIÓN en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Expone que du

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