BRAZOBAN DE JESUS JEIFER FERNANDO/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
12 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don MARCOS VALDÉS MACUADA, abogado, por el amparado don JEIFER BRAZOBAN DE JESUS, quien conforme lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la república, interpone acción constitucional de amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, por el actual riesgo para la integridad física a la que ha se visto expuesto por el traslado arbitrario que la institución requerida determinó, pese a la instrucción expresa en contrario ordenada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Expone que el amparado se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en el penal de Santiago 1, módulo 38, a cargo de Gendarmería de Chile, y el día 22 de marzo de 2023 fue víctima de un brutal ataque por parte de otros internos, recibiendo tres estocadas con armas blanca, en su abdomen, antebrazo y cabeza, pudiendo esta última ser letal. Indica que esta situación se produce por una inexplicable animadversión que el suboficial Rodrigo Santander tendría en contra de su defendido, quien pese a su comportamiento es acosado constantemente y cada cierto tiempo enviado al módulo de castigo 88, por un par de días, lugar donde precisamente el amparado sufrió la agresión por parte de internos no identificados. Por lo anterior, agrega, con fecha 23 de marzo de 2023, solicitó audiencia de cautela de garantías en favor de su representado, ordenando, en esa oportunidad, el 7º Juzgado de Garantía que Gendarmería de Chile: 1) Adopte las medidas de protección necesarias al imputado para velar por su integridad física y psíquica, brindándole la atención médica que corresponda, informando al tribunal dentro de tercero día de lo adoptado. 2. - Que se mantenga al interno en el módulo 38, con estricta prohibición de cambiarlo de lugar. 3.- Que se realice por Gendarmería de Chile una investigación sumaria respecto de lo afirmado por la defensa del interno que es la siguiente: “para que informe al tenor de esta presentación del
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo, deducido en favor de JEIFER BRAZOBAN DE JESUS, en contra de Gendarmería de Chile, y se ordena a dicho organismo dar estricto cumplimiento a lo resuelto por el 7º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 23 de marzo de 2023, especialmente, mantener al amparado en el módulo Nº38 de dicho recinto penitenciario. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-567-2023. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por el ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Sebastián Ramón Hamel Rivas. En Santiago, doce de abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de abril de dos mil veintitrés. Al folio 16: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don MARCOS VALDÉS MACUADA, abogado, por el amparado don JEIFER BRAZOBAN DE JESUS, quien conforme lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la república, interpone acción constitucional de amparo en contra de GENDARM
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