DE LA CUADRA/HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN
Rol
Fecha
12 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Primero: Que comparece el abogado don Christopher Fernández De La Cuadra, en representación de su madre doña Mónica Del Carmen De La Cuadra Román, e interpone acción constitucional de protección en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán, por el acto ilegal y arbitrario consistente en negar el ingreso a la recurrente para tramitar su intervención quirúrgica debido a que aparece en los registros con un domicilio en una comuna que no pertenece a su competencia territorial, lo que a su juicio vulneraría el derecho a la vida, consagrado en el número 1 del artículo 19 de la Constitución. Funda su recurso en que con fecha 10 de noviembre la señora Mónica comenzó a sentir fuertes dolores en su zona abdominal, pensando que eran dolores de estómago normales o cólicos se mantuvo en su domicilio, sin embargo, con el pasar de los días se fueron incrementando, tornándose inaguantables, por lo que el 14 de noviembre concurre a la urgencia de la Posta Central, donde fue atendida y luego de los exámenes de rigor y de pasar un día completo en observaciones del equipo de cirujanos de dicho servicio, se le realiza maniobra de reducción en el servicio de urgencia, con lo que cede el dolor que la aquejaba. Agrega que dentro de los exámenes de laboratorio se obtuvo como resultado de leucocitos en 11.200 y en el TAC de abdomen arroja inflamación de la grasa adyacente al íleon distal en FID con presencia de hernia inguinal que contiene liquido hipodenso, con origen inflamatorio infeccioso y divertículos en colón izquierdo. Explica que en la epicrisis del servicio donde fue atendida, se dejó constancia que el equipo de cirujanos discutió si intervenirla de inmediato, pero al no contar la Posta Central con tecnología de laparoscopia, se decidió derivarla con interconsulta para practicar la intervención de su hernia en el Hospital Clínico San Borja Arriarán. Luego, una vez dada de alta y con prescripción de reposo en su domicilio, su cónyuge compareció personalmente al Servici
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Mónica del Carmen De la Cuadra Román, en contra del Hospital del San Borja Arriarán. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. Redacción de la Ministro Sra. Laura Andrea Assef Monsalve. N°Protección-147745-2022. Pronunciada por la Octava Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señora Ana María Osorio Astorga e integrada por la Ministro (s) señora Laura Assef Monsalve y el abogado integrante señor Eduardo Gandulfo Ramírez. No firma la Ministro (s) señora Assef, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de abril de dos mil veintitrés. Proveyendo al escrito folio 15: téngase presente. Visto: Primero: Que comparece el abogado don Christopher Fernández De La Cuadra, en representación de su madre doña Mónica Del Carmen De La Cuadra Román, e interpone acción constitucional de protección en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán, por el acto ilegal y arbitrario
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