1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

GRECIA ELIANA QUIERO MONSALVES CON CONSEJO DEFENSA DEL ESTADO

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada. Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE: 1°) Que en los presentes antecedentes, autos civiles sobre indemnización de perjuicios en contra del Fisco de Chile, caratulados: “QUIERO con FISCO DE CHILE”, Rol Nº C-5608-2020 del Primer Juzgado Civil de Concepción, Rol 1670-2022 de esta Corte de Apelaciones, recurre de apelación con fecha 8 de abril del año 2022 la parte demandante. La cual solicita en su parte petitoria que se confirme la sentencia definitiva de primera instancia, con declaración respecto del daño moral, en el sentido de condenar al FISCO DE CHILE a pagar por concepto del daño causado, la suma de $150.000.000., o la suma que S.S. se sirva fijar de acuerdo al mérito del proceso, a la suma antes señaladas deberán sumársele los reajustes de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), o de quien haga sus veces, los intereses corrientes para operaciones reajustables, desde que se produjo el daño hasta el momento del pago efectivo, o la fórmula que Ssa. estime bien regular. Igualmente, que se le condene tanto en las costas personales como procesales de la causa y del recurso, entendiendo que ha sido totalmente vencida. En contra de la misma sentencia apeló igualmente la parte demandada, FISCO DE CHILE con fecha 20 de junio del 2022, quien solicita se revoque la sentencia definitiva de primera instancia y, en su lugar se rechace en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios deducida. En subsidio, para el evento que se decida su confirmación, pide se efectúe declaración que regule prudencialmente el daño rebajando los montos de la indemnización en una suma no mayor a $15.000.000, o en subsidio, a una suma inferior a la impuesta por la sentencia que se recurre y se estime más ajustada a la prudencia. I.- En cuanto a la apelación del Fisco: 2°) Que, en relación a los agravios que sirven de fundamento a la impugnación del Fisco, ellos consisten, en primer lugar, en el rechazo de la excepción sa

Fundamentos

considerandos 6°, 7°, 8°, 9°, 10° y 11°- fundamento suficiente para el rechazo de la excepción de reparación integral -pago-, con argumentos que son compartidos por esta Corte, consistentes en síntesis, que las leyes de reparación, si bien son un reconocimiento del Estado de Chile a su deber de reparar el daño causado a víctimas de violaciones a los derechos humanos, no impiden acceder, ni tampoco son incompatibles, con el legítimo derecho de todo ciudadano afectado por el actuar doloso de agentes del Estado, de obtener una indemnización distinta de una reparación de carácter meramente asistencial, que es lo que establecen las leyes referidas, conforme al análisis de sus supuestos, renuncias permitidas y equiparidad de beneficios que involucran; sin desconocer que tales beneficios constituyen un esfuerzo del Estado de reparar el daño moral experimentado, objetivo resarcitorio coincidente con la presente vía jurisdiccional, pero no incompatible con ella. 4°) Que, respecto de la excepción de prescripción alegada, el

Fallo

fallo apelado observa en sus considerandos 13° al 17° fundamentos adecuados, igualmente compartidos por esta Corte, consistentes en que, el estatuto jurídico del derecho común, que contiene las normas de prescripción invocadas por la demandada, resulta insuficiente para resolver acerca de la prescripción de las acciones que emanan del hecho ilícito de que se trata, crímenes de lesa humanidad, razón por la cual la acción indemnizatoria en tal caso queda de cargo de normas que emanan del derecho internacional de ius cogens o reglas imperativas de derecho internacional. Razón por la cual esta alegación debe ser desestimada. Además de lo anterior, especial consideración cabe otorgar a la aplicación del artículo 6° de la Constitución Política de la República y 3° de la ley N°18.575, en cuanto es obligación del Estado promover el bien común, encontrándose al servicio de la persona humana y debiendo observar los principios que en la última norma se mencionan, todo lo cual motiva a rechazar la excepción de prescripción de acciones civiles fundada en la aplicación exclusiva de la normativa contenida en el Código Civil, por ser ello contrario a las reglas de Derecho Internacional referidas, considerando nuevamente que se trata de hechos que se condicen con infracciones llamadas de lesa humanidad, y que en cuanto a tales, atendida su especial gravedad y trascendencia, como ha sido reiteradamente fallado, hacen necesaria una real y efectiva reparación. 5°) Por otra parte, la sentencia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, once de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada. Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE: 1°) Que en los presentes antecedentes, autos civiles sobre indemnización de perjuicios en contra del Fisco de Chile, caratulados: “QUIERO con FISCO DE CHILE”, Rol Nº C-5608-2020 del Primer Juzgado Civil de Concepción, Rol 1670-2022 de esta Corte de Apelacio

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