ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de abril de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: Teniendo únicamente presente el estándar de vida referido por las demandantes, y que no se ha acreditado, en este estadio procesal, necesidades mayores de las alimentarias, y visto, asimismo, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, con declaración de que los alimentos provisorios, a favor de cada una de las alimentarias, se fijan en la suma de 6,57178 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a la fecha a $410.000.- (cuatrocientos diez mil pesos). A su vez, y conforme a lo dispuesto en el artículo...
Texto Completo (Preview)
La Serena, once de abril de dos mil veintitrés. VISTO: Teniendo únicamente presente el estándar de vida referido por las demandantes, y que no se ha acreditado, en este estadio procesal, necesidades mayores de las alimentarias, y visto, asimismo, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de n
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