SIN INFORMACION

FRANCISCA VÁSQUEZ PAREDES ABOGADA, DEFENSORA PÚBLICA PENITENCIARIAEN FAVOR DE CARLOS IVÁN MONÁREZ PEÑAGENDARMERÍA DE CHILE, REGIÓN DEL BIO BIO, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR REGIONAL Y OTRO

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: 1°.- Compareció Francisca Vásquez Paredes, Abogada, Defensora Pública Penitenciaria, por el condenado CARLOS IVÁN MONÁREZ PEÑA, actualmente privado de libertad en el Centro de Estudio y Trabajo de Concepción, recurriendo de amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, Región del Bio Bio, y en contra del TRIBUNAL de CONDUCTA del CENTRO de ESTUDIO y TRABAJO de CONCEPCIÓN, quienes –dice- alteraron los tiempos mínimos de postulación a beneficios intrapenitenciarios de una manera ilegal y arbitraria impidiendo al amparado postular a salida dominical. Señala que Carlos Monárez Peña, cumple actualmente condenas privativas de libertad tras fallo pronunciado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, en causa RIT 133-2021, ascendentes a 8 años de presidio mayor en su grado mínimo a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena y a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, tras hechos cometidos el 25 de diciembre de 2019, fallo que quedó ejecutoriado el 10 de enero de 2022. Expresa que de acuerdo con la información aportada por la sección de estadística de Gendarmería de Chile, el amparado registra como fecha de inicio de condena el 25 de diciembre de 2019, estimándose como fecha de término el 24 de febrero de 2028; y que el tiempo mínimo de postulación a Libertad Condicional era el 05 de enero de 2024, en tanto que de acuerdo al artículo 103 del Reglamento de Establecimientos Penitenciario podría postular a dominical desde el 05 de enero de 2023. Sin embargo, consultado Gendarmería de Chile, mediante oficio Ord. N° 08.04.02 448/2022, se informó que tras la modificación de la ley su nuevo tiempo mínimo sería el 06 de junio de 2025, a consecuencia de lo anterior el tiempo mínimo para postular a salida dominical sería

Fundamentos

considerando la fecha de comisión de los hechos,

Fallo

fallo pronunciado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, en causa RIT 133-2021, ascendentes a 8 años de presidio mayor en su grado mínimo a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena y a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, tras hechos cometidos el 25 de diciembre de 2019, fallo que quedó ejecutoriado el 10 de enero de 2022. Expresa que de acuerdo con la información aportada por la sección de estadística de Gendarmería de Chile, el amparado registra como fecha de inicio de condena el 25 de diciembre de 2019, estimándose como fecha de término el 24 de febrero de 2028; y que el tiempo mínimo de postulación a Libertad Condicional era el 05 de enero de 2024, en tanto que de acuerdo al artículo 103 del Reglamento de Establecimientos Penitenciario podría postular a dominical desde el 05 de enero de 2023. Sin embargo, consultado Gendarmería de Chile, mediante oficio Ord. N° 08.04.02 448/2022, se informó que tras la modificación de la ley su nuevo tiempo mínimo sería el 06 de junio de 2025, a consecuencia de lo anterior el tiempo mínimo para postular a salida dominical sería en JUNIO DE 2024.. Estima que la actuación de Gendarmería constituye un actuar ilegal y arbitrario ya que considerando la fecha de comisión de

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C.A. Concepción. Concepción, once de abril de dos mil veintitrés. VISTO: 1°.- Compareció Francisca Vásquez Paredes, Abogada, Defensora Pública Penitenciaria, por el condenado CARLOS IVÁN MONÁREZ PEÑA, actualmente privado de libertad en el Centro de Estudio y Trabajo de Concepción, recurriendo de amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, Región del Bio Bio, y en contra del TRIBUNAL de CONDUCTA del

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