TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

M.P. C/ PABLO CESAR VALENZUELA CID

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vim. C.A. Valparaíso Valparaíso, once de abril de dos mil veintitrés. Visto, oídos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la Defensoría Penal Pública recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el tribunal de juicio oral en lo penal de San Antonio el día 30 de enero de 2023, por la que se condena a Pablo César Valenzuela Cid, C.I. N°15.088.408-K, a sufrir la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, cometido el 8 de marzo de 2022 en esa ciudad. Segundo: Que funda su recurso en la causal prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, “cuando en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, que hace consistir en haberse estimado concurrente la circunstancia agravante de reincidencia específica, contemplada en el artículo 12 N°16 del Código Penal, vale decir, ser el sentenciado reincidente en delito de la misma especie, por haber cometido con anterioridad a este, un robo con violencia, que se consideró, equivocadamente, de la misma especie, lo que hizo aplicable lo prevenido en el artículo 449 N°2 del mismo cuerpo legal, lo que determinó la imposición de una pena más gravosa que la señalada por la ley, toda vez que esta última disposición excluye la determinación de la pena conforme con las reglas generales establecidas en los artículos 65 a 69 del código punitivo, como en derecho correspondía que se hiciera. Sostiene que la extrema severidad del régimen de determinación judicial de la pena establecido en el mencionado artículo 449, exige que la configuración de la agravante sólo proceda cuando exista plena identidad entre los tipos penales, es decir, debe tratarse del mismo bien jurídico protegido y del mismo medio comisivo, lo que no se produce entre el robo con intimidación y el robo con violencia, ya que la afectación del bien jurídico protegido es distinta según se trate de uno u otro. En el curso de su alegato, manifestó que el concepto de delito de la misma especie no es claro, al punto de existir cuatro concepciones diversas que identifica Mario Garrido Montt, una de las cuales considera únicamente el bien jurídico protegido, en tanto otra exige, además, que exista identidad de medio comisivo. Asimismo, aduce que la modificación del artículo 499 del Código Penal, que agrava los efectos de la circunstancia modificatoria que se analiza, debe conducir a la conclusión de que esos cuatro criterios no deben ser aplicados, por haberse elaborado por la doctrina anterior. Solicita que se anule la sentencia sólo en aquella parte expresamente recurrida y que se dicte una de reemplazo que imponga al sentenciado una pena de cinco años y un día de presidio mayor en

Fallo

fallo atacado, por lo que el recurso deberá ser rechazado. Por estas consideraciones y citas legales, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 372 y 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el tribunal de juicio oral en lo penal de San Antonio el 30 de enero de 2023. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la ministra suplente señora Echeverría. Rol de Ingreso IC Penal N°329-2023 No sujeto a anonimización.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. Valparaíso Valparaíso, once de abril de dos mil veintitrés. Visto, oídos y considerando: Primero: Que la Defensoría Penal Pública recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el tribunal de juicio oral en lo penal de San Antonio el día 30 de enero de 2023, por la que se condena a Pablo César Valenzuela Cid, C.I. N°15.088.408-K, a sufrir la pena de diez años y un día de presi

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