JUZGADO DE FAMILIA CONCEPCIÓN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es la de 3 de marzo del año en curso, que rectifica una resolución anterior, rechaza reposición y concede un recurso de apelación, que a su vez, impugnaba la decisión del A quo de no proveer derechamente la demanda presentada. 3.- Que, en consecuencia, del mérito de lo referido ...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SYS/aya Concepción, once de abril de dos mil veintitrés. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución i

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