3º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: La naturaleza no contenciosa del asunto, por ser improcedente el trámite ordenado por el Sr. Juez, y lo dispuesto en el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, y en su lugar, se deja sin efecto la resolución que dispone la confección del informe solicitado al Servicio Mejor Niñez, decretado a folio 35. Devuélvase. Rol N° Civil-134-2023.

Texto Completo (Preview)

Iquique, once de abril de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: La naturaleza no contenciosa del asunto, por ser improcedente el trámite ordenado por el Sr. Juez, y lo dispuesto en el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, y en su lugar, se deja sin efecto la resolución que dispone la confección del info

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