SIN INFORMACION

ROJAS/CHAVAN

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. 2°) Que en la presentación efectuada en estos autos, no se han mencionado hechos que puedan constituir una vulneración actual a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, toda vez que el acto denunciado se ha agotado, por lo que no se avizora alguna medida que esta Corte pueda impetrar para el restablecimiento del imperio del Derecho en uso de sus facultades conservadores, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales. 3°).- Que, por lo demás, no se han acompañado antecedentes que den cuenta que Carabineros de Chile extienda la cuestionada medida en el futuro, por lo que las declaraciones que se solicitan a esta Corte en su libelo exceden las materias que deben ser conocidas por la presente acción constitucional, atendida su naturaleza cautelar, debiendo deducir las acciones especiales estipuladas en nuestro ordenamiento jurídico. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-4036-2023. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich e integrada por la ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-4036-2023. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich e integrada por la ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero.

Texto Completo (Preview)

fjvg C.A. de Santiago rsa Santiago, once de abril de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Consti

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica