SIN INFORMACION

URDANETA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Roberto Aranda Arcos, actuando en favor de Edymar Maholy Ferrer Pirela y su hijo James Gabriel Urnadeta Ferrer, ambos de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile –hoy Servicio Nacional de Migraciones- por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no habilitar su estampado para prórroga de visa temporaria, lo que vulneraría las garantías fundamentales consagradas en los numerales 2°, 14°, 16°, 21° y 26°, de la Constitución Política de la República. Refiere que ambos recurrentes ingresaron a nuestro país por camino regular, con visa de Responsabilidad Democrática, el 12 de junio de 2019 y, oportunamente, realizaron todas las gestiones para prorrogar su visa temporaria, cumpliendo con todos los requisitos exigidos para ello. Sin embargo, a pesar de pagar los derechos respectivos el 18 de abril de 2021 y aprobada que fue dicha prórroga con estampado electrónico disponible, días después la información fue modificada a “visa otorgada con plazo vencido para estampar electrónicamente. Solicite revisar el plazo mediante carta al clasificador N°8 correo central de Santiago.”. Reprocha que esta modificación no es más que una traba para el proceso, comprometiéndose los periodos requeridos para una solicitud de Permanencia Definitiva, al no contar con esta prórroga, y que pese a realizar solicitudes a la autoridad migratoria, ésta no ha dado respuesta, infringiéndose los principios de celeridad, economía procesal, conclusividad y inexcusabilidad, establecidos en la Ley N° 19.880 sobre Procedimientos Administrativos. Solicita, por lo antes señalado, que se acoja esta acción constitucional y se ordene a la recurrida otorgar las prórrogas de visas ya aprobadas, habilitando el estampado electrónico como debió haber sido, todo ello con costas. Segundo: Que al evacuar i

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de Edymar Maholy Ferrer Pirela y su hijo James Gabriel Urnadeta Ferrer, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile -hoy Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-39148-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Roberto Aranda Arcos, actuando en favor de Edymar Maholy Ferrer Pirela y su hijo James Gabriel Urnadeta Ferrer, ambos de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y

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