25º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CONADECUS/APROVISIONADORA GLOBAL DE ENERGÍA S.A.

Rol

Fecha

13 de abril de 2023

Materia

ACCIÓN COLECTIVA LEY CONSUMIDOR N° 19.496

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado Metrogas el veintidós de noviembre del dos mil veintidós, en contra de la resolución de fecha dieciséis del mismo mes y año (folio 165). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4966-2023.

Fallo

se declara que las Ministras señora Dobra Lusic Nadal, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor José Gutiérrez Silva se encuentran inhabilitados para conocer de la presente causa. Tómese nota en la carátula. A los folios N° 4, 5 y 6, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado Metrogas el veintidós de noviembre del dos mil veintidós, en contra de la resolución de fecha dieciséis del mismo mes y año (folio 165). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4966-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, trece de abril de dos mil veintitrés. Atendido el mérito de la constancia anterior, se declara que las Ministras señora Dobra Lusic Nadal, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor José Gutiérrez Silva se encuentran inhabilitados para conocer de la presente causa. Tómese nota en la carátula. A los folios N° 4, 5 y 6, estese a lo que se resolverá. Vist

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