BICE VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A/TORMEN
Rol
10258-2022
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el libelo incoado por el abogado Nelson Muñoz Rodríguez, en autos de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°1993-2022, lo ha sido respecto de una resolución de una Sala de la referida Corte que rechazó el recurso de reposición y declaró no ha lugar al de apelación subsidiario –por improcedente-, ambos deducidos en contra de aquella de catorce de marzo del año en curso que acogió un falso recurso de hecho interpuesto por la parte adjudicataria, en razón de lo cual declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutado el día siete de febrero del año en curso en contra de resolución de dos de febrero del mismo año, que rechazó un incidente de nulidad de todo lo obrado. 3º.- Que de lo expuesto, se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, no participando así de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Nelson Muñoz Rodríguez Al primer otrosí: a sus antecedentes. Al segundo otrosí: téngase presente. Al tercer otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Al escrito folio N° 24.377-2022: a lo principal y segundo otrosí, estése al mérito de lo resuelto; al primer otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio N° 25.535-2022: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol N° 10.258-2022.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Nelson Muñoz Rodríguez Al primer otrosí: a sus antecedentes. Al segundo otrosí: téngase presente. Al tercer otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Al escrito folio N° 24.377-2022: a lo principal y segundo otrosí, estése al mérito de lo resuelto; al primer otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio N° 25.535-2022: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol N° 10.258-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de abril de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el
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