SIN INFORMACION

SOLAR/DIRECCION NACIONAL DE PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha quince de febrero de dos mil veintitrés comparece don Christian Alejandro Solar Olea, RUN 12.687.459-6, Sargento 1° de Carabineros de Chile, interponiendo acción de protección en contra de la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile, en razón de haberse dictado Resolución Nro. 411 de 29 de diciembre del 2022 del Depto. P.2, que dispuso su traslado desde la Plana Mayor de la Prefectura Limarí, a la 3ra. Comisaría de la Prefectura Marga Marga, a contar del 16 de diciembre del 2022 y con los derechos reglamentarios. Expone que ingresó a la institución con fecha 01 de mayo de 1993, por lo que uno de mayo del 2023 cumplirál 30 años de servicios efectivos en Carabineros de Chile. Añade que durante el año 2020 se dispuso su traslado desde la Plana Mayor de la Prefectura Limarí, a la 3ra. Comisaria Ovalle, a contar del 16 de octubre del año 2020. A raíz de dicho traslado, se presentó ante el Sr. Jefe de la IV Zona Carabineros Coquimbo de la época, General don Rodrigo Espinoza Olea, siguiendo los respectivos conductos regulares, quien instruyó una investigación administrativa para establecer la veracidad de los hechos que se le imputaban para solicitar su traslado. A raíz de lo señalado, se instruyó una investigación Administrativa Nro. 4846 de fecha 17 de marzo el año 2021, la cual finalizó con fecha 12 de septiembre de 2022, cuando se le notificó del oficio informe Nro. 07, del oficial investigador, el cual señalaba que su traslado se realizó, sin dar cumplimiento a las diferentes instrucciones y normativas institucionales, como asimismo a los dictámenes de la Contraloría General de la República de Chile, lo cual fue informado al Depto. P.2 a través del Mando de la IV Zona Carabineros Coquimbo, donde se solicitaba a la Dirección Nacional de Personal, dejar sin efecto su traslado. Así, a través del NCU Nro. 171181929 de fecha noviembre 2022, la Dirección Nacional de Personal deja sin efecto su traslado desde la Prefectura de Carabineros Limarí a la 3ra. Comisaría Ovalle, siendo notificado bajo acta de notificación con fecha 09 de noviembre de 2022, dando término al proceso administrativo, lo cual fue informado a la Dirección Nacional de Personal. Añade que después de un mes de dejado sin efecto su traslado, la Dirección Nacional de Personal, dispuso nuevamente un traslado, ahora fuera de la Guarnición y con los derechos reglamentarios, teniendo en consideración que cumple 30 años de servicios efectivos en la institución con fecha 01 de mayo del 2023, por lo que solicitó la prolongación de su carrera Institucional, cuya resolución aún no le es comunicada al recurrente. Aquello, señala, podría significar un mal uso de los gastos fiscales en caso de no concederse, por cuanto le quedan solo tres meses de servicio, siendo injustificado su traslado y las dificultades que ello, además, implica. Por lo anterior, solicitó a la recurrida la reconsideración de su traslado, solicitud que fue rechazada, argumenta

Fallo

Por lo expuesto, solicita sea acogido el recurso interpuesto dictándose una nueva resolución que deje sin efecto la resolución recurrida que dispuso su traslado. SEGUNDO: Que por la recurrida evacúa informe don Rodrigo Hernán Cerda Navarro, General Inspector de Carabineros, Director Nacional de Personal, quien afirma que el recurrente ingresó a las filas institucionales el 01 de mayo de 1993, como Carabinero Alumno, siendo su primera destinación, a contar del 16 de noviembre del mismo año, la 46a Comisaría "Macul" dependiente de la Prefectura Santiago Oriente, de la Zona Metropolitana de Carabineros. Transcurridos los años de servicio en la Institución, a contar de dos de enero de 2013, el recurrente fue trasladado a la 3a Comisaría "Ovalle", dependiente actualmente de la Prefectura Limarí N°16, permaneciendo en dicha Unidad hasta el día uno de mayo de 2014, data en la cual fue trasladado a la Plana Mayor de la Prefectura Liman N°16, dependiente de la IV Zona de Carabineros "Coquimbo", hasta la fecha. Posteriormente, mediante Orden N°411, de 29 de noviembre de 2022, la Dirección Nacional de Personal, dispuso, entre otros, el traslado del recurrente a contar del 16.12.2022, con los derechos reglamentarios, desde la Plana Mayor de la Prefectura Limarí N°16, a la 3° Comisaría "Limache", dependiente de la Prefectura de Marga Marga N°10, de la V Zona de Carabineros Valparaíso. Al respecto, indica que el recurrente no ha sido despachado aún al lugar de su destinación, por cuanto s

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La Serena, once de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha quince de febrero de dos mil veintitrés comparece don Christian Alejandro Solar Olea, RUN 12.687.459-6, Sargento 1° de Carabineros de Chile, interponiendo acción de protección en contra de la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile, en razón de haberse dictado Resolución Nro. 411 de 29 de

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