BERGEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 24 de marzo de 2023, comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de don Johnny Bergel, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N° 26.336.022-2, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre solicitud de permanencia definitiva de fecha 22 de marzo del año 2022, vulnerando con ello la garantía de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 19.980. Expone que con fecha 02 de marzo de 2021, el extranjero Enderson David Casadiego Ojeda, nacional de Venezuela, presentó su solicitud de permanencia definitiva ante el Departamento de Extranjería y Migración o el Servicio Nacional de Migraciones establecido para el efecto por el Departamento de Extranjería y Migración, sin embargo, hasta el día de hoy, dicha solicitud no ha tenido una respuesta final, ya sea en el sentido de conceder o denegar la permanencia definitiva solicitada. Indica que esta omisión afecta el derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y garantizado por el recurso de protección, toda vez que, al no resolverse dicha solicitud, la omisión administrativa cometida atenta contra los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley 19.880 sobre Bases del Procedimiento Administrativo y, por ende, es una omisión ilegal. Expone que el recurrente ingresó al país y en razón de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestra nación, decidió cambiar su condición migratoria, iniciando el proceso solicitud de Permanencia definitiva, cumpliendo los requisitos para hacerlo, realizando la respectiva solicitud al Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública con el objeto de obtener su visa. Sin embargo, han transcurrido más que 1 año, sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, situación que lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, toda vez que sin perjuicio de contar con la autorización para ejercer actividades remuneradas mientras se encuentre en análisis la solicitud de permanencia definitiva, dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. Hace presente que dicho estado de indefensión en el que se encuentra el recurrente ha sido sin límite en el tiempo, toda vez que el Servicio Nacional de Migraciones hace de éste un trámite indefinido, arbitrario y sorpresivo, sin resguardar el principio de celeridad. Alega que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectadas lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud ya referida, habien
Fallo
por tanto se acoja el recurso, ordenando al recurrido que se pronuncie y resuelva sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompaña a su recurso: 1. Cedula de identidad nacional temporaria. 2. Comprobante de solicitud de permanencia definitiva. 3. Comprobante de ampliación de solicitud de permanencia definitiva. 4. Antecedentes penales del país de origen. SEGUNDO: Que, con fecha 31 de marzo de 2023 evacuó informe Roberto Ignacio Castillo Toro, abogado del Servicio Nacional de Migraciones. En primer término y de acuerdo a la jurisprudencia reciente aplicable al caso concreto, solicita se declare la inadmisibilidad del recurso. Indica que en el presente recurso de protección se alega la supuesta omisión arbitraria o ilegal al no dictar un acto terminal respecto a la solicitud de residencia definitiva de la recurrente de autos, y que dicha omisión generaría por sí sola una supuesta vulneración o amenaza de sus derechos fundamentales. Cita sentencias dictadas por la Excma. Corte Suprema, en sus causas ROL 115064-2022 y 115368-2022 ambas de fecha 20 de marzo del presente, en sus considerandos sexto, octavo y duodécimo, concluyendo que no existe alguna arbitrariedad ni ilegalidad, ni aún en grado de amenaza, por parte del servicio recurrido, que pueda ser tutelada mediante la presente acción de protección, por lo que la materia excede con creces la tutela cautelar que es propia del recu
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Bergel, Johnny Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N° 367-2023 La Serena, diez de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 24 de marzo de 2023, comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de don Johnny Bergel, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N° 26.336.022-2, interponiendo recurso de protección en contra del Serv
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