ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MELIPILLA/NESVARA
Rol
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Primero: Que el abogado Patricio Ignacio Hidalgo Gorostegui deduce recurso de queja en contra del juez del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, don José Svato Nesvara Herrera, por las graves faltas y abusos cometidos al dictar la resolución de veintiocho de marzo del año en curso, en el procedimiento T-13-2022. Refiere que la referida resolución le causa agravio a su representada, por cuanto mantiene vigente las medidas cautelares decretadas el 3 de mayo del año 2022, sin fundamento legal. Segundo: Que el artículo 548 del Código Orgánico de Tribunales, dispone que el recurso de queja procederá cuando la falta o abuso reclamada se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o en sentencia definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Tercero: Que, del mérito de los argumentos dados y los antecedentes allegados, se advierte que la resolución impugnada por la presente vía no reviste la naturaleza de aquellas a que se refiere la norma legal precitada, toda vez que no pone término al procedimiento ni hace imposible su continuación, que actualmente se encuentra próximo a la audiencia de juicio. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Patricio Ignacio Hidalgo Gorostegui en contra en contra del juez del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, don José Svato Nesvara Herrera. Al primer otrosí: remítase copia de estos antecedentes al Tribunal Pleno de esta Corte, para los fines a que haya lugar. Al segundo y tercer otrosí: téngase presente. Al cuarto otrosí: no ha lugar a la forma de notificación por no contar con factibilidad técnica. Al quinto otrosí: previo a resolver, autorícese, en la casilla de correo electrónico: secretaria_casanmiguel@pjud.cl o presencialmente. Al sexto otrosí: a sus antecedentes Al escrito folio 2
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Patricio Ignacio Hidalgo Gorostegui en contra en contra del juez del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, don José Svato Nesvara Herrera. Al primer otrosí: remítase copia de estos antecedentes al Tribunal Pleno de esta Corte, para los fines a que haya lugar. Al segundo y tercer otrosí: téngase presente. Al cuarto otrosí: no ha lugar a la forma de notificación por no contar con factibilidad técnica. Al quinto otrosí: previo a resolver, autorícese, en la casilla de correo electrónico: secretaria_casanmiguel@pjud.cl o presencialmente. Al sexto otrosí: a sus antecedentes Al escrito folio 2: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Rol N° 218-2023 Laboral (Queja)
Texto Completo (Preview)
CH (nkg) San Miguel, diez de abril de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente la presentación de folio 1: A lo principal: Vistos: Primero: Que el abogado Patricio Ignacio Hidalgo Gorostegui deduce recurso de queja en contra del juez del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, don José Svato Nesvara Herrera, por las graves faltas y abusos cometidos al dictar la resolución de veintiocho de marz
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