PUGA PINO ROBERTO FERNANDO/TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que consta de la notificación y requerimiento de pago de 16 de septiembre de 2020, y del informe de recaudador fiscal de misma fecha, que no se hicieron mayores búsquedas o indagaciones de corresponder al ejecutado el domicilio de Moneda N° 1356, comuna de Santiago. Asimismo, consta del expediente y del informe evacuado en segunda instancia, que el ejecutado tenía registrados otros domicilios ante el Servicio de Impuestos Internos, entre ellos el de Amunátegui N° 73, comuna de Santiago, lugar que habría sido el domicilio laboral del recurrente, conforme lo sostuvo su abogado en estrados. 2°) Que, por otro lado, efectivamente consta que la notificación se hizo en época de pandemia, y que el domicilio señalado correspondería a un negocio de café, en el cual se le dejó una cédula, lo que atenta contra el espíritu de la Ley N°21.226. 3°) Que si bien el artículo 171 inciso primero del Código Tributario permite la notificación por cédula, ello no implica que no se efectúen mínimas indagaciones sobre la efectividad de ser el domicilio en cuestión el que corresponda en cada caso al ejecutado, sobre todo cuando existen antecedentes que puedan dar cuenta de no ser el domicilio y cuando obren en poder del ejecutante otros domicilios, como es el caso. Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 171 inciso primero del Código Tributario y artículos 83 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de once de diciembre de dos mil veinte, en el expediente N°13.153-2020 Santiago del Tesorero de la Tesorería Regional Metropolitana, don Germán Lafrentz Heinsen, y en su lugar se declara la nulidad de la notificación y requerimiento de pago de dieciséis de septiembre de dos mil veinte y de todas las actuaciones posteriores a esta, debiendo continuarse con la tramitación que en derecho corresponda. Comuníquese. N° Civil-16260-2022. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por el Ministro señor Miguel Eduardo Vázquez
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 171 inciso primero del Código Tributario y artículos 83 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de once de diciembre de dos mil veinte, en el expediente N°13.153-2020 Santiago del Tesorero de la Tesorería Regional Metropolitana, don Germán Lafrentz Heinsen, y en su lugar se declara la nulidad de la notificación y requerimiento de pago de dieciséis de septiembre de dos mil veinte y de todas las actuaciones posteriores a esta, debiendo continuarse con la tramitación que en derecho corresponda. Comuníquese. N° Civil-16260-2022. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por el Ministro señor Miguel Eduardo Vázquez Plaza, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señora Barbara Vidaurre Miller. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diez de abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de abril de dos mil veintitrés. Proveyendo el escrito folio 18: téngase presente. Visto y teniendo presente: 1°) Que consta de la notificación y requerimiento de pago de 16 de septiembre de 2020, y del informe de recaudador fiscal de misma fecha, que no se hicieron mayores búsquedas o indagaciones de corresponder al ejecutado el domicilio de Moneda N° 1356, comuna d
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