VIDAL/DE LA CRUZ
Rol
C-267-2021
Fecha
2 de febrero de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que con fecha 19 de enero de 2022, doña Camila Francisca de la Cruz Franco, interpuso incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, afirmando que, si bien tuvo conocimiento de que se siguió un juicio laboral en su contra – iniciado por doña Yelitza Coromoto Vidal –, desde mediados del mes de enero de 2021, no mantiene información alguna sobre el mismo, desconociendo inclusive su resultado, y ello es debido a que dicho procedimiento fue encargado a abogados con quienes concluyó sus servicios profesionales, en marzo del mismo año. Expuso además que, el día 14 de enero de 2022, el abogado don Brayan Vásquez Garrido le informó que se encontraba vigente un proceso de cobranza laboral, con ocasión del juicio iniciado por doña Yelitza Coromoto Vidal, y que de éste se le habría notificado mediante carta certificada a un domicilio que no le pertenece (Letras 8605, La Cisterna), pues lo dejó los días previos a su mudanza a la zona Sur de Chile, esto es, a inicios del mes de mayo de 2021, hecho que la dejó imposibilitada de ejercer los recursos o mecanismos legales correspondientes. Sostuvo, por consiguiente, que la notificación efectuada “es absolutamente ineficaz para tener por efectuado un emplazamiento valido, y no existe un inicio de la relación jurídica procesal”, y solicita se acoja a tramitación el incidente interpuesto y se declare la rescisión de lo obrado en su rebeldía, retrotrayendo la causa al estado de requerirla legalmente de la sentencia de cobranza de autos, todo ello con expresa condenación en costas. 2.- Que con fecha 21 de enero de 2022 se dio traslado de la incidencia incoada, a la parte ejecutante. 3.- Que el día 25 de enero de 2022, la parte ejecutante evacuó el traslado conferido, solicitando el rechazo del incidente interpuesto, con expresa condenación en costas, basando su requerimiento en las actuaciones obradas en los autos RIT O-377-2020, tramitados en Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, precisando que e
Fallo
fallo se pueda fundar en hechos que consten del proceso, a la luz de todos los antecedentes constatados y expuestos, y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 10, 82, 83, 89 del Código de Procedimiento Civil; 430,432, 434, 440, 466 del Código del Trabajo y demás pertinentes, se rechaza el incidente de nulidad de todo lo obrado interpuesto por la parte demandada, con costas, las cuales – conforme lo establecido en el artículo 445 del Código del Trabajo –, son reguladas en dos unidades tributarias mensuales (2 UTM). Al primer otrosí: atendidos los fundamento expuestos para la resolución de lo principal, no ha lugar. Al tercer otrosí: Atendido que el cálculo del ítem: “sueldo por convalidación”, correspondiente al mes de enero de 2022, fue realizado proporcionalmente en forma correcta, no ha lugar. Puesto que es posible observar un yerro en el cálculo del ítem: “sueldo por convalidación”, correspondiente al mes de enero de 2020, ya que el monto correcto es de $363.718.-, practíquese una nueva liquidación del crédito corrigiéndose dicha suma. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT: C-267-2021 RUC: 20-4-0265172-6 Proveyó la Juez Suplente del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a dos de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: MXDNXZPYZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http
Texto Completo (Preview)
ero San Miguel, dos de febrero de dos mil veintidós. Resolviendo derechamente lo pendiente de la presentación de fecha 19 de enero de 2022: A lo principal: Vistos: 1.- Que con fecha 19 de enero de 2022, doña Camila Francisca de la Cruz Franco, interpuso incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, afirmando que, si bien tuvo conocimiento de que se siguió un juicio laboral en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica