SIN INFORMACION

HERNANDEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION- MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece don Enrique Carlos Tello Tabilo, representante legal de Juriscard Asistencia Jurídica Integral de Antofagasta, Unidad de Defensa, Protección y Promoción de Derechos Humanos, quien actuando en nombre y representación de don Eduar Hernández Salazar, de nacionalidad colombiana, interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no haberse pronunciado sobre su solicitud de permanencia o residencia definitiva habiendo transcurrido 7 meses desde la presentación de la misma. Estima que con ello se vulneran las garantías contenidas en el artículo 19 N° 1, N° 2 y N° 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida restablecer el imperio del derecho. Para fundar su recurso indica que con fecha 13 de mayo del 2021, solicitó su permanencia o residencia definitiva y esta no ha sido resuelta por la recurrida. Alega que dicha demora no puede imputarse ni endosarse al denominado estallido social del año 2019, ni menos a la pandemia que azota a Chile y el mundo. A su juicio, la autoridad recurrida ha actuado con negligencia, dejando en la más incompleta indefensión e incertidumbre jurídica al recurrente, vulnerándose graves derechos y garantías establecidas no sólo en la Constitución Política de la República, sino en los múltiples tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, como la Convención Interamericana delos Derechos Humanos. Refiere en tal contexto que, la presente acción no tiene por finalidad una simple reclamación por la demora en exceso para dar respuesta al recurrente, ya que existen otras vías para ello. Agrega que con fecha 16 de diciembre del 2021, el recurrente consultó el estado de avance de su beneficio migratorio, en el portal web de la reclamada, en donde se indica que sólo tien

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, el recurso deducido en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-41726-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de abril de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece don Enrique Carlos Tello Tabilo, representante legal de Juriscard Asistencia Jurídica Integral de Antofagasta, Unidad de Defensa, Protección y Promoción de Derechos Humanos, quien actuando en nombre y representación de don Eduar Hernández Salazar, de nacionalidad colombiana, interpone

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