RUPEY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de abril de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Nolvia Collao Collao, abogada de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliada para estos efectos en Avenida Grecia N° 2032, piso 3° de la comuna de Antofagasta, en representación de Ismael Iván Rupey Sánchez, Cédula de Identidad N° 14.62.751-7, domiciliado en Calle Río Maule N° 9457, Antofagasta, quien deduce reclamación judicial del artículo 141 inciso 1° de la Ley N°21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 97648 de fecha 03 de noviembre de 2022, notificada por parte del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Antofagasta con fecha 17 de marzo de 2023, por medio de la cual se dispone la expulsión de su representado del territorio nacional y se dispone a su respecto una prohibición de ingreso al territorio nacional por el plazo de 25 años, solicitando se deje sin efecto. Informa la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso indicando que con fecha 26 de junio de 2017 su representado ingresó a Chile, por paso habilitado, obteniendo un permiso de turismo. Refiere que, con fecha 27 de junio de 2017, en causa RUC 1700587966-3, RIT 7772-2017, tramitada ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, se realiza una audiencia de formalización respecto al reclamante y otro, por el delito de tráfico de drogas, en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado, imponiéndose a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva. Agrega que, con fecha 28 de noviembre de 2017, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dicta sentencia condenatoria en procedimiento ordinario en contra del reclamante, condenándolo como autor de un delito consumado de tráfico de drogas a la pena de 06 años de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales. Que respecto a la pena impuesta, con fecha 15 de abril de 2021, el recurrente fue favorecido con el beneficio de Libertad Condicional, siendo calificado con conducta sobresaliente, lo que permitió que se dictara a su respecto el Decreto Exento N° 448 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que le otorgó la reducción de condena, encontrándose la pena corporal impuesta cumplida. En cuanto a antecedentes familiares, señala que el reclamante se encuentra residiendo junto a su conviviente de hecho, doña Nery Barrios Galarza y la hija de ésta Danna Cristel Barrios de 16 años, además de su tío, don Nolberto Sánchez Sánchez, quien mantiene permanencia definitiva en Chile. Sostiene que, a nivel de las contribuciones de índole social y económicas realizadas por el reclamante en Chile, puede indicar que, con fecha 26 de junio de 2013 le fue conferido el título de Ingeniero en Administración de Empresas, trabajando en empresas de reciclaje en las ciudades de Tacna y Arica, inclusive en el Gobierno Regional de Tacna se desempeñó como asistente administrativo y comercio internacional. En la actualidad se desempeña de manera informal como artesano mueblista. La informalidad está dada porque carece de la autorización para realizar estas labores de manera regular en Chile. Además tiene una certificación como soldador calificado 1G y también ejerce con trabajos esporádicos en la industria de la construcción, que permiten reconocer la solidez del proyecto migratorio del reclamante, además de un proceso exitoso de la reinserción social, con arraigo familiar y laboral. Da cuenta de que, con fecha 17 de marzo de 2023 don Ismael Rupey Sánchez fue notificado, a través del Departamento de Migración y Policía Internacional de Antofagasta de la Resolución Exenta N° 97648 emitida por el Servicio Nacional de Migraciones, indicando como razón principal la gravedad del hecho ilícito, disponiéndose su expulsión del territorio nacional. Solicita, previas citas legales y jurisprudenciales, que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°97648 de fecha 25 de enero de 2023, del Ser
Fallo
por tanto, se encuentra en situación irregular. Agrega que, por sentencia definitiva de fecha 28 de noviembre de 2017, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, el recurrente fue condenado en causa RIT 437-2017, a la pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación para cargos oficios públicos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo que dure la condena; y al pago de una multa de 40 UTM, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas. Indica la sentencia precitada, que el extranjero fue sorprendido transportando en un compartimiento debajo de un asiento trasero de un vehículo, 43 paquetes envueltos con cinta adhesiva contenedores de 42 kilos 700 gramos brutos de cocaína. Refiere que, conforme a lo establecido en el artículo 132 de la Ley 21.325 y el artículo 141 de su reglamento, el extranjero recurrente fue notificado personalmente del oficio ordinario n° 33.351 de fecha 16 de junio de 2022 de dicho servicio, que dio inicio a un procedimiento sancionatorio seguido en su contra por infringir la legislación migratoria vigente, otorgándole un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación, para realizar sus descargos en relación a la causal de expulsión invocada y acompañar todos los antecedentes que estime relevantes para resolver su situación migratoria. Que, el extranjero remitió a dicha autoridad los a
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Antofagasta, seis de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Nolvia Collao Collao, abogada de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliada para estos efectos en Avenida Grecia N° 2032, piso 3° de la comuna de Antofagasta, en representación de Ismael Iván Rupey Sánchez, Cédula de Identidad N° 14.62.751-7, domiciliado en Calle Río Maul
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