BARRA/BARRA
Rol
Fecha
6 de abril de 2023
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 680 del Código de Procedimiento Civil, los juicios sobre depósito necesario y comodato precario se tramitarán de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandada, con fecha veinticinco de marzo del año en curso (folio N° 55), en contra de la resolución de veintitrés del mismo mes y año (folio N° 54). Comuníquese. N°Civil-5131-2023.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandada, con fecha veinticinco de marzo del año en curso (folio N° 55), en contra de la resolución de veintitrés del mismo mes y año (folio N° 54). Comuníquese. N°Civil-5131-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, seis de abril de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 680 del Código de Procedimiento Civil, los juicios sobre depósito necesario y comodato precario se tramitarán de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el
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