JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

DIVORCIO POR CULPA

Resultado

INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO

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Hechos

Vistos: 1°) Atendido el mérito de la certificación de folio 72 de primera instancia consta que el apoderado de la recurrente fue notificado el dos de marzo del año en curso de la sentencia definitiva al correo electrónico por él indicado para estos efectos desde el inicio de la causa y el recurrente no ha acompañado antecedentes suficientes que desvirtúen la notificación practicada por parte del tribunal. 2°) De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 27 de la Ley 19.968, el recurso de apelación de la sentencia definitiva debe presentarse en el plazo fatal ...

Texto Completo (Preview)

CH (nkg) San Miguel, seis de abril de dos mil veintitrés. Vistos: 1°) Atendido el mérito de la certificación de folio 72 de primera instancia consta que el apoderado de la recurrente fue notificado el dos de marzo del año en curso de la sentencia definitiva al correo electrónico por él indicado para estos efectos desde el inicio de la causa y el recurrente no ha acompañado antecedentes suficientes

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